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Segunl4 in}anci4. 'DET.. eA~Ó ¡.7of, 7( curadaru, mJnd.-mo,fi les J·os int.,tiCfeS'j. vnn c<>mo p3 r• mtre¡um. te formal 1 que fe bal.la en juy– S. C. R.M. L OS tres E{bdo~ de eíl:e Rey no, que dla– mos juntos, y congrcg,.dos, cele&rando Cortes Gehe– rales por mandado de V. Mag. dczimo': que a Ja pri. mera infbnci.i qtJe hemo.s hecho i V. ~bg. fobre el pi-– di ;ne.nt :o, de que r..empre que el Reyno,o nudl:ra Diputa~ cioo pidiere por medio de fo~Procuradores pleytos con el poder general, para cfeélo de enterarte fin ellos, fo h.J,. llan ofendidas las leyes. Se les mande: V, Mag entregar; ha {jJo (crvido mandarnos refpnnder, que liempre que: el Reyno, o nueftra Diputa .. cion tuviere intereíc en algú pleyto, ó pleytos, y·to pi die~ re: en forma de drecho por fus Procuradores, manda, fe les eom:guen: Y no efcufamos con nueva intlancia bol ver á reprdentar a V. Mag. el def.. con fue lo, con que aos halla– mos en no confeguir lo que tenemos pidiJo. Pues fal va la Real clemencia deV.Mag.no pare<:e com:fponde dicho de creto a dicho pidimenro; por quHn el Reyno ,y fu Dipu– .udon pucdcn ,.comcmpfarfc zio coll poder litig·andfl en algun pleyro. Yen dle .ca.f Q es cierco 1 que conforme~ de - recho pidiot"nda{e le comuni+ que el pleyto, fo le deve c:on• ceder para haz:r (u op-0íició; y defcnfas:cl otro es p,0h!ico• } vniverfal, que mir~ 3 lolici .. ur, (e man.teng·rn fus leyes en fu dc:vida execu<:ion,y ob. ferllancia , atcndrendo í1em– ¡>re, como prntcél:or, y cela· dar de ellas, íi fe hali.anofen. didas a recurrir a V. MigeCt para tu reparo: J por d)o V. M1g .coo.fu Real jullificion, nos time concedido por lry; que es la 38. de las Cvrtes de Eíl:ella. c¡ue qualefquiera ce: .. dulas , y ddpachos Reales, que {e prcfent arco en el e 00• fejo , no !e fobrecartecn , fi11 dar traslado preciífamcnte a nucíl:ra Diputacion, para que por eílc medio fe eviten los perjuyzios, que pueden rcíul– tar contra nueíl:ros fueros , J leyes, y en los ple7tos .aJ la miíma, o mayor razon, por. que liendo folo V, M1g.quia inmediatamente por fu Real pcrfona , ó por la de los Iluf– trCi Virreyes en fu Real nom.. bre puede reparar la quiebra -de dichas le1es, fon preciÍO$ los medios de averfe de cn– tcrar.d4l hecho cielto 1 de íi f c

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