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3~ L E do con algutj_os defpues que fe proveyó dicho mandato~ J no content:andofe c:on lo referido, íieo.do a ffi,qlle por la ley 23.titulo 13. libro z. de la recopilacion de lo.s Sin· dicos fe difpone , no puedan· lo~ Porreros .del Fiico llevar de las execuc;iones que ha· %.en,úno folo .Ios drechos de treinta vno, y que no pueda Jlevar dietas algunas por los drechoi, las ha llevado muy. cx~orvitantes, cobrandolos en vn mifmo dia,y en vn mif– mo Lugar por entero de di– ferentes deudores de cada Yno de ellos , contando los drechos de ida, y buelra, y decencion á cada deudor, duplicandolos con {emejan• tes proi:cdimientos, en que fe halla ofendida dicha ley, y dev~ repararfe,caítigando– fe (emejantes exceffos por fu contravenc1on;y para que en adelante fe eviten femcjan– tcs defordencs,y fraudes,co• mo cambien los que fe eíl:irn experimentando, executan tambicn los demás Porteros del Reyno,llevando drechos exce ffi vos por las execucio– nes, J mayores de los que: por las leyes le fon permiti– dos, no queriendo dar reci· b~ ~ los deudores con toda cxpecificacion de las canti– dades 1 que por los drechos 1 E 'S que les piélen, lesentreg~ir; queriend<t por eíl:e medio oculcar, et q.ue pueda ab_ri– guarfeles fo~ exceíTos,-Y para que fe eviten, ferá ao,nve– nic:me~el que requeridos l_os Alcaldes,. Jurados, ~: &e­ gidores, por los deudores delante de dos teíl:igos, pata que compelan a los Porte– ros, á que dén recibo c::on toda ciar edad de las cantida– des , que por fus drechos les entregan, no queriéndolos dar ,puedan dicho i A lcaldcs donde los huviere, o los Ju– rados, y Regidores compe– ler á dichos Porteros; por pri ffion de fus perfonas, i que ayan de dar dichos reci– bos con la ciaredad referida, fin que aunque los tales Por• teros apelaren, o reclama• rende dicha prilsion,v com· pulíion para la Corte, ' º para el Conf ejo, no fe pue .. dan dar autos, ni manda– mientos de libertad, J aun– que fe dier:n, fean obedeci– dos, y no cumplidos; pues eíl:o es conforme a lo dif– pueíl:o por la ley 5. y ~1. de · dicho libro,y titulo de la rc– pilacion de los Síndicos, pues de otra form.a es im– pof~ible, no dand~ dichos Porteros recibo á los deu– dor.es con la claredad re. ferida , poderles abriguar los

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