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'DlTJ .ASO r7cH. 27 aviendo con cíle motivo fofo (e hallan ofendidas Cll acudido fu poder aviente averíe defcaminado las doi con peticiona los Jucaes de cargu de cacao, lin conoci– torJtravand•,,pidiendo,nun· miento de caufJ,íino es ta1n.: daífon al Secretario fe le bien en averíe paíl'Jdo a la dieíl".!, decrecaron vfa[c de tenca de ell.u,fin ci1arfele,ni {u dre'=ho,dando orden, que oirfele al dicho Don Jofcplt ni de éíl:e decreto dielfe CO• de Miñ 1111>,dcfpoíTehiendo– pia. ·Y enterada nueílra Di• le de hecho, y negandolé puracion de eflos proceJi. haffa 'º' medios nat1.trales mierttl'JS, y la quiebra, y ofeR• de Íu d efenf a , C:ontra lo di f ~ fa, que en ellos pldeci.1n puc!lo en la ley 5 tit.I.lib.i. nueílros fu::rns, y leyes, lo de la nueva recopilarion,y la pidio por concrafuero,á que 1. tit.¡.lib 1.y otras muchas. decreto, que avia ln•Jl1J.1do Y para <u repHo íup!icamo~ refl:iruir el VJlor de las dos a V. M ag. íea íervido de cargJs de cac:10, fin embar- mrndar dar por nulo, y nin– ·go de a ver lifo introducidas guno el emlnrgo,y venta de Cllll mala fce, por traer teíli· dicho cacao, y todo lo de monio de pimienta; J vien- mas obrado.y por de ningun do, que con el refrrido de- VJlor, ni cfcetGJ; y ciue oo (e creto no fe fatisfacia a la trayga en confequcncia, ni quiebra de las leyes,replico, . pare perj:.Jyzio a nueíl:ros Ja lu replica fe dió por nu- fueros,y lcJes, J que eítas fe lo, y ningun,, el deícamino, obferven, J guarden imbio. por averíe eXl!curado fin CO· lablem:nrc,fegun fu fer ,y te· nocimiertto de cauía;pues en nor.quc a lli lo dperamoc; d~ el embargo noª'/ contrafue· la Real clemcncia,y jo!1ifita.. ro, por fer conforme á las cion de V. Magcílad, que ordenes c¡ue fu Mdgeíbd en ello,&c. tiene dadu, en ruon de la in1roduccion de cacao en to· dos fos Rey nos de EfpañJ, la qu.il Cedula, defpues á infhnci1 de nuefüa Diputa.. cion,fe di ó por contrafoero; y con di ch 11 decreco,umpo– co fe fatisface á la quiebra de dich¡s leyes, po.rc ¡ue no H.agaj/etomo el RcJ11olopide~ d.1mas por nulo el embargo, y Wnt4 det11cao,7todo Lo d~ mas obrad1, 1 que no fa trai– g" m confaquen~ia. ni p11r~ perjuiz.,io á lor fuero!, 'Y le yef delRe7no,ins q•,alu ma11J4. mos,fe objer-v; puntualmhe~ LEY. Decret~.

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