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tº L B do Colodro: y defpues la a- bocó ,el dicho Marqués de V alero ;y aunque por decla– racion de el Auditor , J di– cho Don Pedro Ignacio de V c:ga, J otro Juez. , que en fu diícordia entro a cono– cer, {e bol vio conlian~as á las partes la cantidad em– barg4da , fe hallan grave– mente ofcndidas,y quebran– tadas nueíhasLeyes en eíl:os procedimientos ;·porque en quamo á averíe hecho el cm Largo en dicha villa de Vi· llava,fcopone alaley3.de las Corres del año mil {eif– ciencos cinguentay dos,gue difponeJque aun a los cíl:ran– geros , no fe les puede em– bargar, ni defcaminar, oro, ni placa en maf a , o en mo– neda, lino a viendo palTado los limites, que feñ1la dicha ley, que eíl:áo mu1 diíl:ances de la Villa de Villa va; 1 por ley+ . delañ'.lde milfeifcié– tos [denta y dos , y otras, que en ella fe refieren, fe dif– ponc, que a nucíl:ros natu– rales, con ningun preteílo, ni con el de atentados, fe les pueda defcaminar oro, pla. ta, ni ocras cpfas vedadas; J del mifmo modo ft:.hallan ~fendidas , en aver co– nocido en la referida cau(a el Auditor c.on el Juet acompañ1do, porque. aun.. T E S que fud{e cafo de ernbu~ go , J · defc;1mino íiendo naturales los fugetos , a quienes fe . les · aprendio el dinero , devio conocer de ella la Cone , como lo di(.. pone la ky.. 1. y 3. tic, t. lib. 2. de la ~1if(lli.recop. de mane– ra , que aunque lean eafos de Elhdo ,. :J Guerra ficndo contra natUrales de ve cono.;. cer en primera inílanda Ja Cone ,y no el A11'.alde de Guardas. ~ como lo diípone la ley 1. de las Corees del año de mil fcifciemos y diez J Gece;4. del ;;ño de mil fei(– cientos y veinte y gua ero, 1 otras muchas, J poíl:rrior– mcnte la le7 1 . de el año de mil foilcientos foccnra y ocho.y la 24. de mil lcifcicn– tos noventa y dos, enqu~(e mandaron cil<lar las pala– bras,exceprn en los calo~ de E frado, y .Guerra, que por equibocacion· le pu!icroq en la ley z. libro 1. riwlo 7~ de la nueva recopilacion ,J·:aun en los cafos efe Ella do ;, J Guerra, J poder conocer el Auditor acorrtpañ1do e! re· curfo de la apelacion, dcwi ó fer á el Conlc:jo de cíle Re1no, y no .al Confoltor, ni... otro Juez 1 ·como lo d1f– pone la ley 8.timlo 3.lihr,? r. de la recopilacion de los Sindicas, y difere11tes Ce~ dulas_,
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