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ri\_el.1cion. partir los bienes,y mercedes de dle Rcyno con fos fobdiros, y naturales nativos, y avirantes de el, fcgun diíponen los fue– ros,leyes,y ordenarps ddl:c Reyno,rntcndic11do kr natural, el que fuere procreado de padre, ó madr.e natural al•itantc all:ual en efre Rey no de Navarra; y el que forre nacido en el de eíl:rangero ho narural , 1 avirantc aél:ual, no fe entienda fe1 natural del dicho Re1no, ni pueda gozar de las libertades, ' prehcininencias, ni naruraleza de el,J qlle dur:itue la larga vi~ d.a de {u Mageíl:ad mantendr a,y tendr a todos los C afüllos,y fortalezas de efre dicho Rey no en manos guarda, y poder de hobres,hijos naturales,; nativos aviri tes,) i:nondorcs en efic Reyno de Navarra, conforme á los fueros ,y ordenanzas d~ él,quando la necefsidad de la guerra del dichc;> Rey no ceíarc~ Otro fi,en virtud del dicho poder,quiero,y me plaze,que fi en lo íobredicho,que he jurado,ó parte de aquello Jocotrario ht zierc: vofotros los dichos tres Ellados,y Pueblos de Navarra.– no feais tenidos de obédecer en aciuello que contraviniere e11i alguna maner:,ances codo ello lea nulo,, de oinguna eficacia, y valor. O ero íi,en virtud del dicho poder; 6 en otra tnejor forma , y manera; prometo; y aífeguro , . fo cargo del dicho juramento, qüe fiernpre que el Rey nuefird Señor pu• diere haz.eren ped_oiu t:íl:e dicho juramento; dandole lvgar los graves, y necetfarios negocios, en que fe halla del vniver– fal de la Monarciuia, .veodra en perfona á ratificar eRe jura– menro,v fiendo neceíl'ario ie hara de nuevo con todas las fuer– ps, y folemnidades qué le requieren para fu fuerfa; y valida– cion en la forma.referida; y como lo dilponen los fueros de cíle R eyno, y quiero, v me ¡>láze, que el juramento que yo hago en aufencia de fo M<Jgdhd, y en anima fuya; no vos fea p~rjudiciable,ni {~pueda traer~ ni traiga en confequencia para otra ninguna ocaíion femejante. En firmeza de lo qual M la prefcnte,firmada de mi inano,y nombre. €L M.A7\.c€?.YBS 7>B S~J(_ VI(E'J(_Te. Y hecho el dicho juramento; fe bol vio el Señor Virrey a' fentar en fu filia Real,y tambien el dicho Sd10r Obifpo)Prior de Roncelvalles, y B bad de Yraché en fus afsientos, en que antes eíl:avan fentados, y los otros Prelados del Bra~o Ecle– fia!lico,yCavalleros,y Univetíldádes de los dichos tres Efia.. dos,y los del dicho CQnfejo,7 C one,y Fifcal de {u Mag.dlad~- he~

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