BCC00R58-6-01p4d0000000000000

p!J L E T E S animo de cíh refofocion,fe ha padecido alguna cgtibocation, 0 error os ha parecido antes de cxeturarla poner en mi Hcal noticia, las que aviais adqucrido de perfonas de to.da excep– cion' que fe reducen á que cinqucnta <iños a ella parte, fe han cobrado por los Governadores, y Soldados de los Pucrws fccos vn real por cada fardo de mercadurias; 7 lo milmo por cada carga de cera, droga~, vino, azeyte, peleado, lal, fierro, y faca de lanas. Que los Tcgeros Francefcs, que paíTan por la Primavera a trabajar al Otoño, de buclta pagan quatro reales, <J!.IC eíl:os miímos drcchos, fon los que oy k cobran de los gc– neros que tengo hecha merced á dTe Rey no pueda comcrciJr con el de Francia, que demás de cíl:o introduxo e 1 Príncipe de P.HmJ, (e cargaífc .otro re"al mas en los mifmos geocros, y en l.i forma referida para fu Secretario, y juntamente reprcfen. tais la carcíl:ia de los tiempos ,y que teneis por impoliblc rcdu– ciendoíc los drechos al quartillo, {e puedan {L,fl:entar los G o– vernadores, J Soldados; J no comir.uandole en la forma, c¡ue h J (l:a aqui ícr i preeiíTo, fe mande á {siíllrlos con otros medios, para que fe puedan mantener: Ya viendo viílo todo lo c¡uc de- 1.is ", teniendo preícme lo que ha paífado en cfia materia , y rccooociendofe, que no ha avido orden alguna para la irnpo– ficion de ellos drechos; pero íi varied1d, J excdfo en la co– br.an~ a de ellos: J conveniendo a mi fervicio poner forma fiu en los que íe han de llevar ea adelante. He refuclro 1 c¡oe en tiempo de paz fe cobre de cada carga que entrare, j falicre el Guarrillo que cíla rcluelto ;J en tiempo de Guerra vn real , y que de los Tegeros, y otras pcrfonas, que entraren de Fran– cia á Navarra, fe cobren quando. buclva dos reales por cada vna, afsi a Jos de a pie, como de a CilValJo~ fin que por razon de los grnados ma)orcs, y menores , y de cerda, (e lleven ~rechos algunos. En cuyi conformidad os mando Jo hagais execucar, preciffa, é inalterablemente, Gn que con motivo al~ guno le fJlte a (u obfervancia; para lo qual dareis luego las or– denes neceffariU, que a{sj COAViene a mi fervicio , f quedeis noticia de dla refolucion a e[e Reyno, quando os la pidieren; para que fe ful le encerado de ella:Y de cíl:e defpacho tomaráa h raion los mis Veedor General, y Contador de dfos Prdi– dios ~ , para que (e tenga pre(ente en fos oficios , J atiendan á fu ob'iervancia en la parce que les tocare~ De Madrid .á <licr._ de

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz