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DEL 'AñO DE ' 169f: . 4J ~omo no tieoen carcdcs propias;ni mcdioa para fabricarlas~ OÍ poocrlis COD petfonasquc coy den de clJas,y de Ja feguri,. dad de los delinquentes,bao paífado a remitir los ladiorie1 que bao cogido a las carccles de los Tribunales Reales de V.Mag.y tcnicodolos co ellas, les hao obligado a man~cocr los reos• y pagar I~ carcclcria fuJminar los proceffosa a fu coíla,llcv·ar Efcrivaooa,y affcifor, qoc ordeoco la caQfa ., V dc-f pues fuplir Jas caotidadcs quehao fido oecctTariaa para· ,ondazirloa a Prcfidios,ycafa Real de Soria;dc qoc ha re.: faltado que los pobres pueblos pequ~ños h•o padecido grá trabajo en cofiear eítas.dichas caufu,y por no vcrfc cxpucf tos otra vez a taoto.gafto; y otros con el esemplo no entrar en haz~r las diligéci.u,y aprcofiooes contra ladrones, como cooveoia, y para ocurrir a efie incoovef'Íeote, y q fe con~ 6gicomo lo defeamoselque fe caíligoenlosdcl¡tos, el quo· fe oos coocedi por via de declaracioo de la dicha ley : lo primero, que laa Vali~s, C:odcas, y Lugares qoe oo tuvie• ren Alcaldes, puedan remitir loa reos es prcffados co dicha lef, que prendieren a la Real Corté, y f.o~ careéles, o al Al– calde debajo c!c cuya jurifdicioocfiuvicrco dichos pucblosj 'y-qaealli fe conozca de 111 ca ufas', j c1ccutco las peoas, lia– quc los Jichos Vallcs,Ceodeas,y Logart"a coAceo las dichas c~ufasco mas, ni otra cofa q~e la prilioo, y rcmifsion ¡y q la Corte, y el tal Alcalde queden obligados a rccebir loa prefos cofas dichas careeles, y conocer de las caafas,y exe~ . cucioa do las penas, como de preffoa, y dclicqueotcs de fa jarifdicion propia : Lo fegundo fe ha exprimcotado ram• .. bie.oea la obfcnaocia de la dicha ley, q los ladroocs aprea-· didos,para Dó fer caRigados coa az~tcs, y geleras, v otr.as penas que irroguen iofamia, fe bao valido de Ja calidad do· ~idalgoia_,. .y coa dos, o tres tcftigor qoc han examioado a la ligerll~cootcmplaodolos por bidalgoa, las juRiciaa Je baca ~.~vitrado las peoas,y eflo es de notableperjuyzio, y ioccn~ tit<?, plf& qoe.los que quifieren rober coa fegpridad lo.– hagan, vi~od~ que ca l.uga~ de fer caRigados coaíiguen el' aclarar (o c)lidad, y es muv.. digno do qoe fe remedie: Y Jo-. · qaeoo1 ha pa~c.cido c~m;~enientc Pª!ª dcftcrrar cftcabofo' es, que Glos d~c,hos Jadrone~, y demas .comprcnfQseo la ley. {e yalicrc de la G&lidad de bidalgai~,I¡ ~y~ deproba1. ~ td ~rq

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