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DEL AñO DE 169s. 15 ningunas las ordenes que refiere efte pid1mcnfo,j "l'Jttntla.:. mor que no {e trayga en confequencia, J que fe obfer(T.;m las ltyes,fagunJu f'er,y tenor~ L E Y s.c. R.M. L Os tres Eftados de cfte Reyno de Nayarra, R~pAro ~( 4trA que efiamos junto!, y congregados, cele. 'Vto /oiw 1 4 1 . d e G 1 d d d V M D · f1óraartar de brao o artes ·~nera es, por man a o e " ag. ez1- 1 . d·r h J . , .f or e; p~c or e mos,que por la ley 3 8. de las vlc1mas Cortes, dla d1 puef- lorSeñoresVir. to,que quatefquiera cedulas,y d~f pacbos Reales,que fe pre- reyu. fentarco en el Coníejo, oo fe fobrccartceo fin dar treslado preciff.imeotc a la Díputacioo , para que por elle medio fe eviteo los perjuyzios que pueden refu ttar contra oadlros fueros, y leyes, y derecho de rcr.:cros, que le paedco tener a opooerfe, y no fean defpoífeydos fio cooocimieoto de cae1 fa,oi fe cxecuteo fin que primero feao oy dos en lo que ta-: viereo que deduzir, y alegar en defeofa del: Y el lluílrc: vuefüo Viiforrey ha cooccdido diferentes gracias ·a pue~ blos, y particulares de elle Reyno, eo virt1Jd de poderes Reales, que para elle efeél:o ha tenido de V.Mag.fobrecar- teados por el Cófejo,y ha expedido losdefpachos;yauoque algunos qe ellos fo hao prefenrado CD el Coofcjo, fe han fobrecacteado, fin a ver fe dado tr.cslado a la Diputacioo; coo fer afsi, que por la calidad efpecial cD fu cxpedi. cion • devieron aver fe comunicado conforme a la refcri"". · da ley, la qual fe baila ofendida por aver fe faltado a la folemoidad, y requifito effcncial; y para qae aquella teo~ ga fu devida obfervaocia, y fe configan los fines que exprcf– fa: Suplicamos a V .Mag.(ea fenido de mandar dar por ou~ lo, y ninguno todo lo obrado eo cootraveocion de la dicha ley,y de oioguo valor.ni efeélo; y aunque pudieramos pi~ .dir nulidad de dichos def pacbos, y autos de foqrccartas ab.: folutamcntc, fin embargo confideraodo los ioconyeoieotes que dceílo fe podrían feguir eo lo c~ccutado halla aquí, .con efpecial providencia lo dcxamos de hazer; y pedimos, que para al de.faote no fe fobrccarteco defpachos femejaotcs por elCoofcjo,fio que aote, y primero fe comunique a la Dipatacioo,eo cumplimiento de la d.icba ley, y que aque.:.; E 11~
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