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Vagamoridos,:Gitanps, yC~leoteS'. 713 tlret1 hurtar en el campo a Jos palfa– gcros, o otras pcríonas, aunque no lo bayan cxccur.:1do, llevmdo armas de fuego, o orcas of.:nfiv•s. 2. ~e el c¡ue hurdrc en Lugar bendito, o fa grado, cofa fagrnda, ten– ga pcn• de muerte por el prill)cr hur– to. 3 ~e el que hurtore en lgldia, o Monafierio, Hofpital,o otro Lugar bendito, o cofa de Rcligion , aunque nofca cofa fagrada, llcg,ndo c:I huno a valor de cien duc1dos , tooga pena de mucrre, y de hal abaxo tenga por la.primera ,·cz de pena dudemos ~zo.– m, y quacro años de galeros, y por la f°$unda vez ducici.,;os notes , y diez ;lllOSde galeras , y por la tercer• vez ccnga pena ·de muerte. 4 ~e los que hunaren de no– che efcalondo caías .en poblado , o · deípoblado, o abrirndo puerrascon violencia, o con 1h ns macfhas , o ganzuas, tenga pena de ,muerte por el.primer huno: y ·fi algun criado, o criados de la miíma cafa ayudaren, :O coníintieren en ello, tengan la miÍ– ma pena; y fi fueren criadas tengan de pena cien azotes , y defüerro pcr.- pctuo del Reino. · 5 ~e los qoe hunl ren de dio en alguna caC. , abriendo puercas , o arcas, O cfcricorios, O otra cofa ccrr.a– ..i.,, con violencia, o con Hoves m,cf– tras, O g:anzll:as, ÍI Heviren ::arma.s, ,tengan pena de mue1te por 1, prime– ,ra vez, y fi no los lleva,en, y la cami– -dad que hurcarcnJlcg>re a treciel\EOS ·ducados, y de hal ariiba, renga pena de muerrc. Y b miíma pena renga ,c,n ambo,, tafos los Griados, que ayu– daren, y cqnÍln1iercn , y la, criad,\! cien ozotes, y dcílietro perpcruo del Rdno. Y fi él hutto no llegare arre– cicooo, ducado,, de ha, abaxo, por la primera vex cmga pena de ducicocos aZ9tes , ·Yquatro años df galeras; y por 1.a .fcgu.i¡da dude.neos azores , y di~.aÍÍ!)s eje galeras; y por la mcera pena de muerte. ~ Q_ac e.l que fuere hallado ef- rondido ,;n .alguna .caía, haviendo emrido a burcar, aunque no lo haya ~}ecurado, tenga pena de cien •zotes, y d&s aiios de galem. 7 Q_ue d que hunare d¡: alguna caía !i,n abrir puercas, o oc¡-acofa cer– rada, tenga de ,pena ,por la primen V¡Cz cj¡:n ozote.s , y fcis años de def– tierrq dd Reino ; y por la fcgundi v,:,: ducico.cos azores , y feis añosde galcqu; y por la tercer• vez pena de mucne. Y fiepdo el huno de cami– d~d,, y valor de fcifcicntos d~.cados, y d; ha/ arriba, renga pena de muec– re por la primera vez. 8 -~e el que l, i.ur, arc ¡:n cl.com . po ganado m~yor, tci;,ga de pena por el primer huno ducieocos azotes, y qumo años ~e galeias; y por l.a íe~ gunda vez duci¡:mos ,azotes , y die;,: años d~ galeras; y por la tcrcqra vq. ,pena de muenc. 9 ~e .el c¡ue hurdre g~aado (Ileoudo, llcg~ndo '1 diez cabc:,:a} d!= carneros, ovejas, cabras, cabrit?•,, 9 carneros, y cinco ca~s de puarcosJ renga la mií ma. pena, que el c¡ue.hll~– co ganado ma)'Or. Y no llcga!l,do ~l huero .al dicho n~,mero dé cabc¡:as, fin9,es que hurtar.e , ~unque -noJc¡a m:¡s,q¡se un c¡uMro, ,oveja,,~r~crq, c;,briro, Q lecho.o, ~enga ¡le_¡u:n~ por la primera -.:cz.i;icn,az9rc, ., y ,dc;,s '1· .iíns .de de.l}j~rl! , ·,Y p<;>r la fc_g~d.t ~ ·!U!Ckntos.M01cs ~ y quatro •iiqs dqi~lc;r~s; ·Y pnr.eLtcrcer huiro p.~– na de 1, vida. ~f) Q!.J~ql~,hurdre ha, eJ dd camp,:, ,. o uv,, , llegando i.um c~c- 8-1Ac 1109, o ono, 1cng1 do pena .d lóijíal:odo par la-p,imcr .. vez a 4,vor. guenza;

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