BCC00R51-7-110000000000000000

P.JJttpto. n:1, A~_, , 67 s. Lt.Y H• 674 Lib. IV. Tít. III. De los Adulterios, LE Y ,IV. Q_UP. NO SE PUEIJ)AN PE(DI~ ,j}. up1n.11 p1obonJo f"<rZ• Rtol, · .J -'l>iolmci6. L A rxpcriencia hl mofl:rado los graves daños , e incon– venientes que ha havido con la con,inuacion de ]os pk itos Cobre d crupos, y que han cre– cido mucho mas de algunos >.ñas a ele' parre, rcpiticndorc las ofcaÍJs de D;os, y caufandofe muchos fraudes,y engaiíos ; porque con b prcfuncion de derecho ,:¡ue a(sil\e .i las mugeres, y la ÍJciiid,d que hai en la probanza por prcfunciuncs muchas veces con animo de cfcoger maridos a (u gufh, ocafionan a padecer a los que o.la ver– d,d, no han rcnido culpa . Y lo peor es, que cou b íe.guriJad que tienen a fu parecer de cafarCe , o !er dotadas, fe abalanzan a lo que no hicieran [i. no cuvieran·d remedio tan facil co , mo le juzgan por dk camino. Y p•· l'l. C(UC re OClll ra a t3nl0S d.1ños: , nos li:. parecido convenicnre reprcícmar– lo, a vudh., M,g_cfl:ad, y fuplicar CO· mo·lo hacemos, !ca fcrvido Je conce– dernos por Ley, que de aqui adelante no fe pucd,n pedir c!hupos ningu– nos no fe p,.:.bando fuerui Real con violencia , y que lo fea :i b verdad , y n•> prclunca, fino es en caín que fe prol»re p.omcífa , fe , y p,labr. de caf.tmienco, o de imcrdlc. Y la pro– b.1ni.a en qu,lquicra de ello, cafos fr, con tdligos mayores de coda e,. ccpcio11,y los deudos 1 lo menos den– tro dd quarro grado, no fean. legiri– mosrelligos,lli ÍC pruebe por prclun– cionc,, :iun<1ue (can violentas , que m ello, &c. A ,Jlo o, rrfpondb,m, 1ue fe haga coa 'Dt".d6¡ el '%ino lo pide, 'º" que la prueba fi• co,{ormt J lo dijpu,Jlo por demho comi, t E Y V. LAS PENAS QPE HAN 'i)B_ tme~ lo, <riado, , 'I"' delinquier,n <011 ,,.;.,1.,, 11odrizas, hija, , o deuda~ Jejiu an1or, y ·que fa_ definan.., dart/1 con ,jlo,. I Tem, porque la inrcncion princi- P•m1'!< pal de las Leycs,csponer orden, :• 1 ~~~ en que Ce viva bien, yfe eviten Ll.1 H, dcJ.ims, y males, y fcan premias dos los buenos , y cafl:igados !os ma, lo,:.y los hombres en fus perfoaas , Y, haciendas no íean ofendidos,fino que; effcln feguros , y guardados. Y por experiencia fe vea, que los que a clb intcncion concravicnc:n ordinaria~ menre-, y hacen los mas, y mayores males fon lós domellicos familiares, y criados , de quien con dificulrad por la confianza que de dios fe hace , y debe hacer , fe pueden los hombres guardar. Es cofa muy convcniemc, que acerca de los rales domcllicos, y fami liares, fe ponga orden, y fe fupli- 9ue fe haga Ley, para que pues canea ha de fer la confianza que en ellos fe hi de tener , vivao cambicaclloscon fidelidad, y limpieza, y honell.idad, y humildad , y comedimiento. Y por- que muchos fin rener reverencia, y ref¡,céro a fus Amos los han denota- do, e injuri,do, af,i de hecho , como de pahbm : y fin mirar la honefti. dad de 1~ caías donde firvcn , fe ban embuc!co, y embarazado con las lir- vicnras, criadas, y nodrizas de cafo: y arras han fido ,creeros, y encubrido- res de males de hijos , y hijos de fu• Amos , y fe !un embudco con ellas. Suplican a vuefl:ra MageHad,oideue, Y,

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz