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Funerales, y lutós. delas, que ÍC da i los CÍerigos,y Frai– les, ni Cofodrias, que acompañan los cuerpos de los difuntos ni e1\ la ce– ra que (é da; o manda dar para el fe,_ vicio de las !gldias; Altares, y lum– bre: que en aquef1:o ¡ ni en el vell:ir de los pobres, ni en otra! limofnas; 110 fe quiere hacer novedad. ltem, que por ninguna perfon:i ¡ cxccpro por las Pctfonas Reales , no fe pueda hacer, ni haga en la~ Jgldhs tumulo: pero bien pcrmidrtios, que fe pueda poner cuniba, o oaño de !u– ro, O otra cubierta, con' q uc no ex. ceda de una vara l lo mas en aleo, ni fe puedan poner pañm de luto en las paredes de 1.s lgldias , y ello h.illa los !lueve días , falvo en fu Capilla propía. . . !tem, que los que fueren, o vinie– ren conrra lo conrenido en ella Pre– matica Cll todo lo que de fu[o ef1:i ordenado, y declarado, caigan, e in– curran en perdimiento de lutos; cera, y cofas en que excedieren '. y mas eri pena de cada cien libras , lá tercera parce para el denunciador, y las otras dos partes para 1, Camara, y Fi(co de fu Magellad. Y que los Alcaldes ordinarios, Jurados, y otros qnalef. quiera Jullicias de eíl:e Reino, y ca – da uno"en fu jurifdicion ef1:e adverti– do, y renga efpccial cuidado.de hacer pregonar, guardar, y cumplir, y cxc curar rodo lo contenido en ef1:os ca– pítulos: y todas lás veces que en qual- · quiere maneta a Íu nmiciá viniere , que fe haya confravenido 1 eUa , ora fi:a de oficio, ora fea por dertuncia– cion, y• pcdimenrci de parce, exccu ten conrra cada úno de ello! las di - clm pena,. Y que li en lo íufodicho fueren remifos, fcart caíl:ígado, con rigor. '2..!1ert,nf)1 1 J mar1JJmo1, qui fi(liJ tbf mado, ,Y g11arJaJ,~ por Lt.J_ los .{o.. bredichos capitu/01, efsi <amo ti '%ina lo piJr ¡,.r ellos , y como e11 rllos fa ro11 . tient (/1 todo, j por todo. e,,, ,j}o ' ,¡111 por ti htrma110 110 f, pueJa cubrir la ,a– bcz..a con capirott, ,¡¡ en otra ma,ura, co– mo fe hart mehrion t11 ti figumlo capi– tulo. r il arrajlrar de In, rapat ¡ y capu– rtr contenidas en el ltraro capitulo, fttJ dos pai,ms,,xcrplo por lar Per/o11a, lfl.!a– ¡,._ l '{.'" las /OCdf Je 11110 11tgrar 1 Ir• ,1ida,, ni lrfJ11ad•s, contt11idas "" rl quimo ·éapirulo , 110 lar puedan ttal,er 1 11i po11er las /Ílli!.trts por los ¡,,,,,,.,..,. r que ,1 rrahrr /uro por ti,1,ipo Je fais ,He(,,, como r, declara en ti capirulo faxro,faa C0/1 q"e no p1uda11 rraher IMto , f,110 por rinilpo de qu,tro mt{et , txctfto por las P,,fo11as lfl.!ales , J' marido ¡,or la mugrr: 11i t~m– poa,fa puedan poner . 11i pongan ¡,alío, de /uro til ¡., partdtt ¡ ni"' ningunaCapi– lld, aunque fea dt particular, como fa /,a . et 1rimcioH ni ti capituló oflal>o, dedara11, do co11!ó Jec/aramot , q11t 11ingú1la pe,fo11~ ,le gtirté de CNtrra; 11i fu, mugeru , ni fi,miliar putda11 far comprtbt11Jidos en ningunal de la, co(iii fobredicl,as , tocan• res J la riformacion de lutos. t E Y V. P:J{!GMATICA lj)E LOS LUTOS. S Oiicitando nuefüo dcfvclo lo- C.mli,1 grar en todos oca!iones el ma- dño "' yor fcrvicio de vucíl:ra Magef- ~i ~!: tad , alivio, y convenicnci1 publica de nucflros arutalcs, il8S ha parecido fer muy iniporrwte a uno, y otro fin, tcformar el excerfo <juc pa- dece el Reino c:tiri el Íupcrlluo abufo de lds lucos que fo trahen por los di– funtos, y cera cjúe fe lleva en ÍU! en- tierros J novenas, y cabo de año, y Anivcrfarios : y aunque en la Prog– fhatb, que a in íl:ancia de los dichos E!tado,,!é: licvio ordenar vudb Nfa, gcftad
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