BCC00R51-7-110000000000000000

de Curiales , y otros. pruebas, diez tarjas y quarro corna. ' dos, aunque rengan dos , y mas ho– jas. De los rcfl:imonios para que los Efcrivanos de Corte paílcn al Confc– jo los plciws quondo íc fuplica de las fcnm1ci.ts de la Coree, medio real. Oc los tcll:imoniospara que el Rc– pmidor nombre Comiffario, medio real. Oc los reílimonios de manifoíla– cion de frutos, un real. Del deípacho de las libranzas par> lcbanrar dinero de el Dcpoliro Gene– ral, y relacion de autos, dos rea– les. De los dos autos que fe hacen en el Depofüo, afsi de dinero quefcde– pofira , como del que fe lcbanra en los dos I ibros , ocho reales. De los peticiones de xcres me– dio real, conque no lleven la carja de d auto. EWRJV.ANOS (J)E U IJl.,_EAL Cortt. Primeramente, de qualquiera pro– vi/iion que dcfpachlren,ounque ten– ga una,y mas hojas, fe les feñala real y medio. Oc cada auco Judiciol, una tarja, cargada por mirad a ambas partes. De los crcslados que dieren Je ef– cripturas, pruebas, ptoccffos, y ocros jnfhumenrns, ;, medio real por hoja, con obligacion de bolver o las panes las efcripcuras que prcfcnd.ren, y jun. taren en los pleiros ncslados fe ha– cienrcs de ellas. De la pronunciacion de las fcn– tcncios, cororce maravedís, y Úe.r~ de las inmlocucorias. De lo, mslados !imples que fe dap. i las parces de las fqiccncias , diez JOaravedis. 'Iom.II. d,l•'J5!cop. De los tresbdos de la, Ícntenci.u par, lo, plciros, un real, y de las in-. ccrlocucorbs medio real,pagado unQ, y ouo por mirad por cado pocr,. De _las nocifieacioncs que hicieren de qu1lquitra frnrcncia, auro,o man• dam, medio real , fc.10 judiciales, o cxrrajudicialcs, cargado i las parres :l. cuya in!brncia fe hocen. De las capruras pa,a prender, .y li, bronzas -p•ro que los reos goce!) de lil?cmd, uc real. Del original, y crc.slado de poder para. plcíros, dos reales. De las fonz:is que ccll:ifidtcn en los negocios criminales , dos reales, inclL1!0 el cmlado que fe diere. De las curadurlas que cdlilidrcn con cJ 2llt0 de juramcato, Y cícrip– cura, do, reales. Od cx.amc_n de qualquicr ccfiigo con el auto de prcfcmacion , y jui,1- menco, real y medio , aunque el, imcrrogacorio fi:_a crecido, y Íc ¡enga mucho erabajo en la depoficion. . , De qualquicra cxecutoria- íueh · que fe dcípachare, dos reales, aunque renga mucl,o cmb•razo. De la comunicacion de probanzas. una car)• , cargada po, mirad por ca– da hoja, y Ícis maravedís por la co– muaicacion de cfcriprnras. De !Js Jos confianzas primeras de cada p•nc, y en cada infüncía a real por cada u,i,, y por todas las demh que huviere, a medio real. Oc los incidentes que dcípachan en las poff2das de los Semaneros , dos rc2lcs , aunque el pleito va ya co difinir.iva, y renga mucho numero do hojas. De las calf.,cioncs de cofias que(~ hacen en las pofada, de los fcmmcio, dos reales. Oc I.s [eguadas -.xecurorias, ~un,. . que fc:i con iaíci<ion de Ícntem;ios,r Yyy rela-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz