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Compromifos, y Sentencias arbitrarias._ 459 que fe compromctio dl:aba muy en:Í– zado, y muchas veces rn grado de fo_ ~licacion, íobre cfb apclacion de los arbiuos buclvcn los pkiros otra vez a Con:c, y comic:ni:an de nuevo, en grande daño , y perjuicio de las par– tes. Paro cuyo remedio, fuplidmos a vudlraMagefbd ordene, y mande, que bs pmcs que apelaren, o pidie– ren recurfo de las cales femen das ar– bitrarias , prcfcnccn los oucos hecbo, anee los Jueces Compromifari,., en el Tribuno!, y clbdo donde pen– de el pleito : y que fin que entienda haver havido oovacion alguna, fe có– tinue aquel con los auros añadidos , fin que fe airere par ellos el e/bdo de ~I procelfo principal, y pleito. Yíjlo ti fabrtdíébo r•pitulo , por co11- ttmplacio11 de /01 dichos tres Eflados, or– dtnJmos, y manJJmos , que fa baga como ti ~i110 lo pidt. LE Y V. "Q_UE LAS CAUSAS C<R,JMINA. Ju dondt 110 fa J,J /,echo parte el Fif- . cal, ft p .. tJa compro111ttt~ 'l'""'Pl•– ,.. Mo ~ S 69. ,.,, ,s. fin licenci,. M Uchos negocios, y pleitos, y diferencias, que crimi– oalmencc rntrc ,¡ los unos _ con los otros llevan, , y muchas malquerencias, y encmilb. des que hai en codo ene Reino, fe quitarian por medio' e intcrvcncion de buenas gent~-s, que con dcfco de fervir a Dios , y aficion que cendrian de ver a los encmilhdos en amor, y C:irida·d; y vivir con quietud, y ÍOÍte– gC! , intcrvcndrianJy traca.ri.an de con.. cmarlos, y quicarles de losrales plei– ros, y cnemifüdcs. Y fe dcxa de ha– cer much:is veces p<Jf cauía de que Tom. II. J, 1~ Ruop. los que llevan los tales pleiros,y ena11 eocmilhdos, fe efcufan, y dicen, que no puedrn crar,r de concicrro algu– no, Ítn que primero teng,n licencia de vuefüa Magdlad, o de los dd vu– cnro Confejo Real, y Corre Mayor : diciendo, que no fe puede nadie Ítn la dicha licencia ~parrar de querella, o pleito criminal.por fer ordenado,que afsi fe haga. y ena cícufo de no ha– ver cna licencia hl cnorbado' y cí– corba mucha buena obta de caridad, y conciertos , que fe pudieran haver hecho, que no fe han efeél:uado. Su– plicamos a vucftra Magcnad , orde~ ne, y mande, no obname que lo con– trario antes cna ordenado, que en ncgocios,y querellas criminales, don• de el Fiícal no fe ha bccbo parte, y queriendo l.,s parres eoncercarfc, Y. compromcrer las diferencias , o plei– tos criminales, que cmrc sl llevan, lo puedan hacer Ítn pidir licencia para ello en el dicho Coníejo Real , ni Corte. Con que ello fe entienda Ítn perjuicio del derecho de vueftra Ma, geftad, y de fu Fiícal. A lo qua/ rifpondlmói , 'q•t fa baga D,n-,t._. como el (J/¡ino lo pidt, • LE Y, VI: QYE SE li>ECLAIP,_EN 'P01t COM 1 promifa los pleito, dr 'PaJm, e Hi-. jo,, Suegro,, 1runo, , Marido1,1_ J,1 ugtrts, J tntrt Hermanos en caujiu CiJ,i/ts. P or qu,nro fude haver mu- P,.,,,., cho, pleiro, enrre deudos , y •• = p:aricmcs, y es mas ~n fcrv!- ~t; ~:~ cío de Dios, y de vudlra Mi- geíl:ad , y bien u,livetfol de elle Rei- no , que aquello, fe aujcn; compro– metiendo en perfonas de bien, por los Mmm t in-

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