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4H Lib. 11. Tic. XXIV. De losHijos-Dalgo, y fus LE Y 11. QYB A !:.,A$ CJUIDAi>ES 'BUE~ 11•1 Yi/141, Clrrigos, t FJijo,.(f),/go fa /,s gu,,J.,, fas lihert•dtt. P,..,,,._ ASfi bien fuplicamo, .. vuef- ~~ Ali, era Mage!hd,quc losEdc- ~f,;;l; fialticos ' e Hijos-Dalgo n- o,. de la,Ciudacks ~ y. b¡¡enas :;;:,"':' Villas de vuelho Reino, no h~yan de 1 fer con!heñidos por el Vilío-Rcy, y Gcnre de Guerra, a que hagan Ccrvi– rudcs contra lalibma<\, y pri1ílcgio} f~yos, S" M,¡ofu<i dio fu Cedula, para: que el Vi lío Rcy,y los del Confcjo de elle Reino de Navarra cumpla,~ ¡:,;¡n. lo contenido en ella, que es de el te– nor ·(igui.clll~ EL RE't", Duque ~ Nllxna, Primo , nudlro Vilío-Rey , y Capi– un General del nuc lho Reino i!~ Na– varra , Regente , y los de el nue!lro Confdjodtl diclao nudlro ltc:i"Ao de Navarra. Por pme del dicho Rcl– no me hl. lido fuplicado' y pedido P."f mcr-ocd tn;}O~a!fc, que las Ciu– dad<S, y buenas Villas , y los Hijos– Da~, y Clc,igos dd dicho Reino, no tudfen obligados de dlr poífadas, cam~s, y o,r.s fer"<idumbres, ni les confi-riñan i. d3.r acemibs, ni ocras fe,vitudes, lin pagar io que por mdo dio huvidfrn de h~ver; porque :l cau– fa dello fe les han hecho muchos a– gra~ios, y fin razones, o como la nu– c(ha merced fuclíc. Porcndc Yo os mando , que provcais luego de las provifsioncs, que focrcn mcndkr, p.al ':I que fe guarden o las dichas Ciu– dades, y bueaas Villas, Hijos-Dalgo, Clcrig~, del dicho nuefüo Reino de N.iv.ura las liberradci, y exenciones, que halla aquí han fido guardadas, pan1u11en, que gozen dellas bicn,y cumplidamente. Y en lo que roca a los· peones, vos el dicho Duque provcais como vicccdcs que mas conviene 3. nuclho fcrvicio, y en bien del dich0 Rcino. Fed,a en Barcelona a 5: días de el mes de Septiempre de 1 5 1 y. YO EL REY. Por mandado de fos Magcll:adcs : Franciíco de losCo– h<IS. EIU confirmada por reparo de N,,,. agravio en la Ciudod de Pamplona a 6. días decl mes de Mayo de :r 535. .años. L E Y lll. Q!JE A LOS CAVAI,f,¡;IJI...OS Hl– ju.!f,)Al¡,o fa lu ¡,uATdrn fas pril>ile.gios · [obre rl co11uibuir de las obra,, ¡otw ,efas. º TroCi dicett, <Fle d. Pr.ind- l'.unplu– pe nucftro Señor dio una "ª• Alfo Cedula Real pm c1 Duque p,)¡;;,~ de Alburquerque , Viífo- 7!·_ o,. Rey d~ elle fu Reino, dchcnor ligui- ~'.J.":" cace. EL PRINCIPE. Duque de Ala burqucrque Primo, Vilío-Rey,y Ca– pican Geneul de fu Magclhd en e! Reino de Navarra, Regente, y los de fu Coní,jo Real. Por parte de los Sín– dicos de elle Reino nosha fido hteha rdacion, que fcgun las Leyes, y Fue– ros de el, y agravio reparado por fa, Magdlad, a pedimento de los tres Ef. rados de dle Reino, ningun Hijo– D,lgo de el pueda fer compelido a qne füva en ningunas obras, ni rcpa~ ros d; murallas,quc fe hic-icrcn en effe Reino, Calvo con fus pcrfonas, y :u:– mas, liempre que guerra huvicre en el dicho Reino. Ydice que licndo ef. ro anfi , vofotros luccis contribuir a los Cavalleros, Hijos-Da)go :l. fervir en las obr,s, que fe hacen en fas mu- rallas

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