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Líb. II.Tic. XXIII. De los caías de los dichosMiguel de Elizon– do, y Juan de Baracezabal, y que fi a la Oiputacon le parecia , que ella rcfpudh no ella clara,y con palabras abíolum, y afirmativas, clHba pron– to :i quamo fudfe de mayor facisfa– cion luya. Y como el entero reparo de nueflros Fueros,y Leyes, Colo pen– de de la Perfona Real, y de la fobera– na grandeza de vudha Magcllad. Y los cafos referidos, aísi por Cu calidad, como por fer t.an reiteradas veces, ha fido , y es de defconfuelo comun , t general los dichos coocrafueros, e - currinios , y reconocimientos de bs caías de nucflros Nacuralcs, viendofe que no cfian fcguros en ellas , quan– do por derecho natural., Fueros , y Leyes, fe tienen por refugio, y fa gra– do de fu mayor quicrud : julbmencc fuplic:lmos a vuellra Magdhd fe lit– va de mandar, que codo lo hecho, y referido en elle pedimento , y en los cafos que contiene, y por los Minif– tlos que refiere, y las dichas comif– lioncs,y ordenes generales que fe die– ron, fea todo nulo, y ninguno, y de ningun valor,yefelto, como manda– do, hccho,y obrado contra las dichas Leyes, y <eparos de agravios, y que no les pare perjuicio alguno , ni fe traiga en confequencia,y que de aqui adelante los lluflres vudhos VHfo– Reyes no den fcmejamcs comiÍSio– ncs, ni ordenes, ni ningun M_ioiflro, aunque fea de la Guerra , o de la.ju – ri{dicion ordinaria las cxecure , que en ello, &c. den i111'i•l•hlm1tntt;y lo bt<ho co11t1"aella, t11 /01 tafos delptdimento ,fe da por mdo, 7 110 let pJre pejuicio. LEY IX. (Jl,.EPA'l{O !J)E .AGf/(AJ.TIO SO'Bff{E ti reronocimie11to dt la rafa de Mi– gueldt LarralJr. P Or la Ley 1. de las Corees del año'de 5 1 . cll:a exprcffamcn– te ordenado ,_que no fe pue– dan dar com.ifsiones para re-. conocer lascafo, de aucllros Natura– les en general , ni en particular, lin proceder informacion, de que fean Rccepradorcsde mercaderías, o otras cofasprohibidas;y aísi bien ella man, dado,que las Leyes, anteriores a ell:a; fe guarden inviolablemente , y fe di por·nulo, y ninguno rodolo hecho; y obrado contra clfas ; y liendo efio. aísi el día conrados 6. de Julio dd a– ño palfado de~·- erme las nueve, }'¡ diez horas de la noche, el Licenciado Don Antonio Manuel de Marichalar. y Vallejo, Cavallrro de la Orden de Cal:icraba, y Oldordcl Real Confejo; llevando configo i Domingode Ga~ yarrc , y Juan Antonio Fcrnandez; Ayudante del Prefidio , fue a la caía de Miguel de Larralde vccino,y natu~ ral de la Ciudad de Pamplona,y la re.: conoeio aquella, fin dcxar quarro al– guno , y los eferirorio, , y diferentes arca.s, y embargo ocho piezas de Al-; bornoccs , que renia , de fabrica de la Ciud~d deSanguelfa; y aunque nuef. Atflo ')Jos rtfpo11dimos, qut fe ,n411Ja, tra Diputacion pidio por conrrafuero qut 11ofe pueda11 dJrcomi(siMrt P"ª rt- codo lo hecho, y obrado, en quiebra co11oeerlastafas ,htci11os dt rj}e 1/.!i110, dediehas Lcyes,y fe le rcípondio,que ,11 general, 11ie11 particular, f,11 proctJtr refpeél:o de haver precedido noticias, i11farmacio11 dt rtctptar mtrcadrriat , o de que en la dicha caía fe havian i11- orrascafa1 ¡,robibidar, J lat Ltyet del rroducido aquel dia al anochecer al– lJ?ti110, qMt hablan e11 lamattriafe g11ar- • gunas mcrcaderias de contrabando, Y, que CflrtllttJ Mo á, 1 <> 9 s~ Le}'"'
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