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3 n Lib.U. Tit.XVII Del Protomcdico, y de fu l., dichaCiud,d, y a mi oficio rocan . res fielmcnre la fice cÍcrivir , y la fig– nc de mi figno, y nombre, ufa.dos, y :tcollumbudos. En fe , v rdl:imonio de verdad rog.ido, y req~crido. lcem, que dcípues de lo íu{odicho, a 18. dias del mes de Mayo del Cobro dicho año , en Pamplona en lo Sala del Regimiento de aquella, los fob,e nombrados Rcgidorc~,Íegun dixcron con voluarad ,. y coníemirnicnro de losdichos Medicos,ordcnaron,y man da.ron, que por ver ' y reconocer las aguas de los dolieores , y ordenar ÍO– brc aqucU.,, fin ir :l. ver los dolientes, hayan dellevar , y lleven los dichos Medicas por cada vez medio rcalCaf– rcllano de cada uno , y no mas; fo la pena fufodicha. Lo qu~I fue manda. do reportar i mi d Norario, & Secre– tario fupra, & iofrncfcripto. Amon de Orendai11. L E Y III. El, PIJI...OTOMB.DICO , r EXA– minadom "º J¿n titulo , {,11~ J lo, abi– l,s tn la Mrdiá11a , Cirr,gia ,Y Ápotiwios. n, AH• .de la Cofradía de San Cof- p,.,,¡,fo, EL Protomedico, y Cofrades ;}19,t me , y San Oamiao dicen: que para lo que conviene a la falud univerfal, y bien de la Repu– blica, y al buen excrcicio de losMedi– cas , y Cirujanos, y Apoticariosdd Reino, tienen neccísidad de algunas Leyes. Suplican a V. S. fc lirva fu. plicar a fu Magclbd, que mande po– ner por Ley las cofas contenidas en los capitulas figuiemes, que en ello recibirin merced. Primeramentc,que por la Ley 60. Je lasCorrcs del año paífado de 1 5So fc ordeno ' y mando, que ninguno foclfe admirido por Abogado, que no lrnvicíl"e o1do, y dludiado cinco años en b facul tad de Canones,y Le– yes, y paífado rrcs años, y que lo mif. mo Íc en rienda de los Mcdicos. Y m qua11to b dicha Ley habla de los Medicas, rienc ncceÍsidad de imcrp0- ficion, y declar,cion: Porque para fcr uno Medico de ncceÍsidad ha mcncÍ– tcr olr eres anos Artes, y Philofophia, lo que no es nccdfario para los Ci– noncs, y Leyes , y la fucultad de Me– dicina en todas las Univcrfidades de Eípaña fe loe en quarro años. Y el paífar platicando con un Medico a– probado ÍC Cuele hacer en dos años, que todos fo11 nueve años. Y la dicha fuculcod es mas •breviada, qne no la· fuc ulcad de Cinoocs , y Leyes , y lo~ Medicas tienen mas neceísidad de pla ticac, que no palf.cdcfpues de baver o!do los dichos qu~tco años: Porque, la throrica fin plarica en c!b fuculcad, oo es de tJnca importancia , y el paf. far , y platicar Íc fuclc hacer de un:. vez, corno iodo dl:oes notorio. Y en remedio de cll:o V. Señoria llulhifsi– ma bade ícr fervido de fuplicad. .e,; Magdhd, que imcrpicrando, y de– clarando la dich:. Ley , ordene , y mande, qac los dichos cinco 2ños de oyente en Medicina !can quatr<> años íolame1m,y los rccs años de palfante; foan dos de pi.tics con Medico apro. b,do en eíl:c Reino , o fuera de el: ,¡ con que rraiga rcllimonios balhnrcs· de las pcrfonas , con quirn hl oldo, y platicado los dichos años. Y que de orra manera no Íean admiddos por Medicos. Aísi bien acento , que losCiruja– nos llevan el milmu lubgc_ro, que los Mcdicos , y rrat,n colas de ranro pe– ligro , y dificultad de curar , que no íiendo cnrendidos , y expertos en el · Arte de la Cir~gia, podrían fubceder · mua·

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