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TITULO XVII.. DE EL PROTOMEDICO, Y SU JlTRISDICION, Y DE LOS MEDICOS. CIRUJANOS, Y APOTICARIQS. LE Y j, PA1ENTE SOBRE LOS PRO• tomedico,. On Carlos , P.ey de CaíHlla, y de Navarra, &c. A vos el Prdidcmc, y los del nueflro Confcjo del Rd· no de Navarra, íalud , y grada, fep,des: que Yo IL Rn' n1,ndc dar una mi Cedula firm,da de mi nom~ bre, fo reno, de la qua! és cílo qu; fe ligue. EL Rtv. Prcfide1itt , y lbs del nue!ho Confejo , bkn Gibcis como por un., Prtmatica fecha por lo, Ca• rholicos Reyes mis Sc:ñores , & Ague: los, que Sama Glóri., hayan, nud• , eros Proromcdicos tienen juriídlcion pora examinar, y vifim Medicas , '/ Cirujanos , & Apo1itarios , y E(pccie, ros ' & Otros Oficbles lllCl<OS a ellos, íc:gu11 , que por la dicha Prch1,tica fe contiene. Y muchas vece, nucílrru dkhos Pro1omcdicós rométch 1, dich3 cxaminacion , y vilitan a blras pe• fo• nas

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