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l'am¡,lo– nii, Alfa , ¡ 8 6. L,y J• Vicarios Generales. LE Y IV. S013'il._E LO MESMO , (J)E QIJE j, ¡,011:;,a U/ici,i/ For.ntopor Jicbo Obifpo Je Tarazana. M. Uchas veces fe ho fuplica– do .i vudha Magdhd, mandaífc al Obilpo de Tarazona, que pufieífe Oficial Foranco en lo, Lug1rc.s de fu Dioccfi , que c!Hn incluíos en eíre Reino , a[si como lo ricne pudlo en los que cfran dermo en Caihlla, por las grandes collas , y vcxacioncs que reciben losNaturales de eíre Reino , y derechos exccfsivos que pagan qui– do van a plcicear' y a otros negocios a la Ciudad de Tarazana, que es en el Reino de Aragon. Y aunque ficm– prc le ha ofrecido, que le pondría en ello remedio , y vudha, Magcfbd m.rndari.t elcrivir al dicho Obilpo, para que anfi le bicicífc, no le hi be– cho: y los agravios van cada dia cre– ciendo , y aumentandolc en grande daño de cfrc Reino. Porende [upli– dmos i vueírra Magdtad, para que tenga efeél:o lo íuío<licho !I\,tndc,que alsi le haga , y que en el enrrec.rnrn que el dicho Obifpo ponga el dicho Oficial en dk Reino, fe le tomen, o frcrcíren en una tercero perlono los fo.iros, que de losLugarefde ÍU Dio– ccfi en cite Reino le pertenecen, que en ello el Reino recibid merced. Y dcípucs poc lo milmo nos fue prclen– rada por parte de el Obifpo de Taro– zona una rclpuefra del tcrlor figuien– re. S. C. R. M. El Obifpo dcTa– razona , y en fu nombre Don Loren- 7,.0 de C,drcita fu Proéur~dor dice: Q!!e por vueíl:ra Mafrad l p«icion, y fi,plicacion de los tres Ellados de eíl:c Reino de Navarra en citas Cortes , T!_m, II, <it la ~rop_._ - · por Ccdula Real le ordena , en< c,rga, y amoneíra , que en los Lu• garcs de fu Dioccfi en efü dicho Rci• no, ponga Oficial Foraneo, a quien los Naturales de ti puedan acudir en fi,s negocios, y plciros,dandole poder ballanee para olr Íentencia , decir , y declararlos, fin que las panes h:r– yan de ir por ello a Tarazono. Lo qual cree el dicho Obiípo, que vuef. rraMagefüd manda pot·no tener baf. r~nreinformacion de la poca, o nin– guna cilufa, razon, y juliicia que hai para que fo haga en ello lo íuplicado por los•dicho, rm Efrad0s : ame, bien fi Íc hicielfe feria en dcfcrvicio de Dios, y de vuefira Magetlad, y en norable perjuicio de la dicha Digni– dad Epiícop,I , y en mucho mayor daño , y dcrrimenro de las Almas , Y, haciendas de los moradores de los di– chos Lugares, y de [us Igldjas , por. las caulas, y razones figuicnrc,. Lo primero , pmquc los Lugares que tiene el Obilpado de Tarazona .enc!Reinode avarra,fueradelDca, naco de Tudda, donde lui Oficial de d Obi(po, y de el Dean , fon muy, pocos, que no paífan de íietc Pue-, blos. Lo orro, porque algunosde los di• chos Pueblos fon de raa pocos veci· nos, y moradores,_ que cnrre ellos hai algunos, que no llegan :l. diez caías , y 0tcos no palfan de fcfcoca vccia nos. Y aÍsimilmo, por~uc algunos de los dichos Lugares cíl:an a uoa lcgua de Tarazona, y el que mas apanado efr.l., no cíl:a fino cinco leguas. Y poc que _para ran pocos Lugares, y corta jurifdicion, 110 hallara el Obifpc per– fon1 de letras , y qual conviene para el deícargo de fo conciencia, que co– me cíl:c oficio, y judicatura, y quiera yi".Í! ~n P_,!!~blo_s pequeño,. Oo~ X

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