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y Patrimoni,., y de fus Subflirutos. 1 31 mandando, que Je aqui od~lanrc los tales Sub!licuros no rengan mcÍOncs en la, cara, dot1dc viven ' ni tuera de dhs : y que los qnc los tienen los de– ~en, O 110 uren los dichos olicios de Subllicucos, y que Íl conrravinicrcn :i. tifo, ícan calbgados con rigor. D,mto. f2.!cie lo, SubJ!itlltos Fifca/cs 110 te11gan p.,,,pJ,.. " " .AJfo 11 6 04.. LtJ 'º· ,11 fas ,ajá, m,fan p,lblico : pero pueJ,m acoger , j hofpedar ptrfo••, b011rada1 , y oficiales 'l{«lts, J Mi11iflro1 de Ju/licia. LE Y XLIV. EL PAT1I._IMO'J',;.IAL CUA1?.{DE la Ley q11e /,ah/aJe la iebe ,y no haga 11ol!LdaJ, ni agra1'io a lo, Nat,.ra- le, 'l"' fo 'l•ifier,11 tomar. L Os Narur;1les de dlc 1'cino de tiempo inmemorial ad han acoflumbrado gozar los hierbas , y aguas de los monrc, de Andi_a, Eocia, y Vrbaffa, y hacer fufla, y leña en ellos p,m fus ufos. Y por h2ver querido hacer cicr– r, novedad en razon de cíl:o el PJtri – monial de vuell:ra Magdhd fe qnerc– Jlo el Reino de ello ; y por In Ley , y reparo de agravio ¡o. de las Corees del año x S 6 5. fe provcyo, y mando, que no hicidíe novedad algun.1, y fe guardaffen :l. los Pueblos fos ufos , y coflumbrcs, fcgun, y como hlll:a én– ·tonces fe h,via ufado, y acoll:umbra– oo. Y entre otras cofas han acoflu m– brado los Nacurab de llevar de las cimas, o !cecas de las dich,s Ílerras la nkvc, que les ha parecido p,ra (u re– galo, y proviísion. Y porque el dicho Parrimoni,l de poco tiempo od bi introducido arrendar la dicha nicv-c, y prohibir, y bedar , qu_c no la lleven los Naruralcs. Suplidmos a vuell:ra Mageflad lo mande remediar, provc- Tom. ll. J, la fi«~op. yendo, y 111andando,q11c d dicho Pa– [rimonial t ni otri en fu nombre no prohib;i .i los .,rurales d llevar h di– cha nieve,ni haga novedad alguna c11 razon de cflo, ni lo dem3.s que le d\l ma_ndado, que en ello, &c. Mnnd.~mbs, file mu/lto Patrimonial Durrt,,., gum·d, I• Lry tn tjle capir11/o rrfirida , 1 no bagti a.g,ra1'io , ni mfPcd12d alor atu - ra/es, cerca de lo en;{ co11ttnido , J dif-_ puejlo por I• dicha Le.,, LE Y XLV. Q_cJE A LóS NAW'8,¿/LES IDE e/lc'R!ino >10/rimpiJ;. ,lfacar ' ie1't dt la, cima,,¡ furas Je UrbajJ"a, y Andia ,io ej}ando recogida por lo, Arrtndadoru ~altr, J' que¡; gu.rdt11 la, fm– trncias que fe rtjirr,11. P Or 1a ley 19. hb. 1. tít. 4. de Pamp/o. la Rccopilacion_ de nudhos n• ,.¡¡, Sindicos,fe pidio que fe man- ~ ~,:: daflcrcmcdiar,proveycndo,y mandando , que d Patrimonial de vueflra Magclhd, ni otro en (u nom- bre, no prohiba a los Nacurales dcíl:c Reino el llevar de las cimas , o lecca~ de lns licrr», y moaccs deAndia,l::n- cia, y Urbalfa la nicve,c¡uc les parece para fu regalo , y provifsion, ni haga nov, dad cn razon de cll:o , ni de lo dcmls que cfl.i mandado, por quanro los Naturales de efle Reino, de tiem- po inmemorial ad han ato!lumbta- do gozar las hierb><,y aguas de los di cho, monee,, y hacer fuíl:J, y kñ~ en ellos P"'ª fo s ufo, , y .por ha ver que- rido hóccr cicrr, novedad en razori de ello el dicho Patrimonial , ÍC qu<• r<llo el Rdn¡, de ello , y por la Le¡•, ( o reparo de agcavlos) ¡o. de las Corees del año 15 65. qúc _csla 1.lib. R ·- I ,_

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