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'INDICE. Ac. Ad. Ae. Ac~ Acemiias no fean precifados a dar pa– ra llevar trigo a las fortalezas de fuera del Reino, los Naturalts que no hicieren oficio de alquilarlas; excepto fi huviere falca de ellas, y fe les pague fu juíl:o falacia: ley 7. tic. 1·s. fol. 730. Jey 13. ley. 14. tic.18. fol.733. ley 15. ley. 16. ley 17. tic.18. fol. 736. y figuien– tes; y en ningun cafo fean compeli-– dos a falir de la raya, ibidem : ley 36. tit.18.fol.751. ley 31. tit.19. fol. 814. Acen1il.1s no fe foquen del Reino, ni fe den comifsione~ para ello , y ca– f o de nccefsidad, 'encargue d Vir– rey a la Diputacion que las apronte, y falo fe lleven haH:a los confines: y fi fuere precifo ) de comifsion l~ Dip1:1tacion a las ·perfonas- qne le pa,reciere p,ara queJas prevengan,y pagucíe por fu Mageíl:ad el alqui– ler·; y d fala.rio de lcis Comiífarios: ley 16. tic. 1 8. fol. 7 36. Acemil.as. V e r{)paro de Agravio. TrjgQ. ~ Acero no fe faquc del Reino. Ve Me– . t~Ies. Acompañados de .los Akaidcs Ordi– . nªrios, y de (us ~ífeífores, quan- do fe recofaífen aquellos , odl:os. Ve Recufacion. A.coll:amientos : librefe lo que fe clebc d~ acrafos: ley 1. tic. 1 5. fol. 61 s. ~coíl:amientos : embiefc relacion af u MageG:ad de los Ca valleros, y Gen– tiles-Hombres, que no los tienen, y de como podran fcrvir, y de fus calidades: ley :z:.. tit. 1 5. fol. 61 Í • .AcoÍt.imientos : de las Informaciones '' ' q~rn fe hicieren para fo obtencíon, de[e copia.a l.~ ine,ereífados que las pidieren defpues de hecha la mer- .~~9; ley 3. tít. 1 s._ fol. 676. Acofl:amientos·prefieran a qualefquie.,¡ ra mercedes anteriores,hechas en el fervicio ordinario, y en las nomi~ nas que fe hicieren fe guarde ~íl:e orden: ley 4. tic. 1 5. fol. 617. Acoíl:amienros: prov~afc, que los que los que los llevan, no tengan obli– gacion de tener armas, ni cavallos, fino en oc;¡fion de guerra: ley s. tic"¡ I 5. fol. 6 7 8. Acoíl:amientos no fe concedan , fin: dar primero los -pretendientes in~ formacion de Hidalguía, y Noble,; za , con cit,cion de la Diputación~ ley:z:.4. cit. 2. fol. 94. ' Acoíl:amief!tos paguenfe a. los que Í'1 ~ debendey 3 I. tit. 2.. fol. 101. Acoíl:amientos : los que los gozan fo; lo eíl:an obligados a f ervit a fu Ma 1 , - 1 geíl:ad dentro del Reino : ley 6 S ~ . tic. 2,. fol. 1 5 4. · · ··· - · ,, Acoíl:amieQtos: en el fervicio de QEa~f tdes,,y Alcayalas del año de 1116~ ,no· fe -~cfcrvo el Reino la cantida4 1 pa~a fatisfacer los acof.1:amicntos,1 quedo el exccucatlo de cuenta de Í~ Mageíl:ad : ley ~- j. tiL z. fol. JJ •~– cqlum. :t .. Acuer~os : .votenfe en ellos los pldt~ confiriendo la caufa: ley 6. tit;· 3. YJ Céduias Reales ~IH irúc:réas ;. fqijg 2,02,. Acufacion. Ve Subf\:itutos Fifdle,a Dcnunciacionét•. Adfamientos : los Alcaldes comptJaij a tos executóres· a otorgarlos-a pa,3 gas,--o a. ma,.la voz con la fianza. -nra dinaria de pena ,_y cofias : ley 3 7.,.,. itit. 1 o. fol. < 2, 7•. Ae~ Aezqua guardCJlfclc fus privili:'o~;

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