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95~ Lib. I. Tit. XXXI. De q1Je ruandaífe dcfindur d tirulo de . Alcalde a tu favor,y no lo quifo hacer,, ni execura.r afsi, Úno que aRtcs bien dilato d de(p.1cho, de:nanera) que el Alc.ilde que lo era Jntes, continuo en cJ oiicio pot otro año, haíl:a que fe hi– zo nueva dhaccion, ficndo dl:o a mas de la concravencion de nueíhos Fue– ros,y Leyes de muy perjudicial confe– quencia. Suplicamos a vueíl:ra Magef– t-ad Íea [ervido de mandar dar por Oll• lo todo lo obr .1do en dl:e cafo ,por fer hecho contra nudl:ros Fncros , y Lc:– yes, y Juramento Real , y que no les pire perjuicio , ni fe traiga en conlt– quencia, que en ello, &c. D • A e 1 flo os rcripondcmos , que lo aue re- ec,.,-.o. ! t -i P:1mplo– na Ano I 7 O I, Ley H. jiere el pidimerito , no pare pfrjutcio id)os Fv.eros, y Le)'es, ufos , y coflumbres 4el (]{_fino, ni/e traiga C1l confiqucnáa. L E Y XV. (J(EPAr-tz_O rDE .AC!J\.AVIO S0131\E obfer-vco/e al Valle de llezcoa los pri- 1:1ile2)os de los Seriares 1 R,_eyes. L A Va1le, cierra, y Univedidad de Aezcoa , en arcncion a fos muchos (nvicios 1 que ha hecho a vueftr a Magef– tad, y los Señores Reyes fus anrcceílo– res fe halh privilcgiaJL1 con un privi– ]egio <ld Señor Rey Don Sancho,con– firmado , y aprcibJJo por los Seí1ores Reyes Íus fuceíforrs, en que les conce– de el honor, y excncion de no poder fer obligados a falír en hueíl:e foer:i de fu cierr:1, {i no e~ guardia de b Reéll Perfona, como fiemrr~ lo hl cxccuta– do, falicndo a guerra los Señores Re– yes , y cambien los lluíl:res vudl:ros Viffo-Reycs,como fo Lug:ir-Thenien– tr;y por cíl:a.r confnances con lo~ Rei– nm de Fr.rnciaeila.n cxpudl:os, y pre. cilfado~ á .qualquiera movimiento al cuidado de guardar fo propio Puc:rto, fin nc::ceGidad de otras milicias: y fien .. do dl:o afsi, en muchas ocafiones fe les han dado diferentes ordenes de los Iluíl:n:s vudhos Viífo-Reyes;y aun de los Govcrnadores dd Puerco del Bur– guete , mandandolc:s e¡111biar gente de guerra, para guardar eil:e Puerro, y el de Altabizcar, y otros pueíl:os,en tanto grado, que con folo la ocafion de la Feria de Ronces-Valles, cafi todos los años los obligan dichos Govcrnadores a cmbiar algunos hombres armados a c:fpenfas de dicha tierra , y Valle de Aezcoa, gravádolos a fos naturales,fin 'motivo, ni caufa juH:a: todo lo qual es en quiebra de dichos privilegios; y j. contra lo que expreífame~cc d}~ diC: i puefl:o por el cap. 4. y 5. lib. 1. nt. 1. del Fuero , en que c:xprdfamenre fe diípooe; que a nueH:ros Naturales no fe les pueda. obligar ,ni compeler a que hav;rn de [,\ir fuera de fus cafos arma– do~ ' menos q entrare huelle enemiga en el Reino, o cercaren en d Caíl:illo, 0 Villa , y las veces que lo contrario fe ha execurado, fe ha dado, y declara– do pur contrafuero, y reparo de agra– vio, como confla, y parece de la Ley 3 5. rir. z. lib. 1. de la. Recopilacion de los Síndicos. Y pues vueíl:ra Ma– geítad por fu Rc::-il clemencia nos tiene jurado la obfervancia de nueíl:ros Fue~ ros, ufos , y coíl:umbres, franquezas,. exenciones , privilegios, y libertades, todo lo referido ha íido en notoria quiebra de ellas. PJra cuyo reparo , y 1 1 que fc mantengan en fo debida obfer.. v.rncia; foplicamos a vueíl:ra Magdl:ad fea (ervido de dar por nulas, y ningu– nas las dichas ordenes , dadas por los. IluHres vudl:ro~ V.iífo-Reycs)y Gover.. nadorcs del Puerto de Burguete de ni 11 gu 11 valor , ni efcél:o : y que no fe. traig{ en confcquencia , ni púen per~ . \ . JU1Clq_

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