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Rcpartimientbs, é T mpoftcióne·s; muchas veces fu ceden, que el Co11fejo da perrniífo, y [e hacen los repartimi– entos , y [e V,l a fo cobranza, fin que los Pueblos que lo hayart de pagar, hayJn tenido noticia, ni de que fe pi– dio, ni rcparrio cantidad alguna, y ya que en quanro al modo,y eililo de ci– tar la form_a hafiá aqui ufada; fea pre– ciífo continuar por la dificultad que havria , íi fe huvidfe de hacer per fo– nalinenre en cada Lugar ; fe podria por lo mefmo ordenar, que el Lugar, y Univerfidad que pida femejantes re– partimientos, tenga o bligacion de ptt– blica t la cic;_cion en codas las Cabezas de Merindades, y que (e mande cam.:.i1 bien a los Procuradores de las Ciuda– des exentas dellas, y de todos los de– mas Lugares, que den avifo a los Re - gimienros , a[si de la ciracion, como de los repartimientos, que defpues fe hicieren, y que defpues de hechos, fe publiquen en las Cabezas de Mcrinda des, y no fe proceda a fu cobranza, ni execurar por ellos, haíl:a que hayan paífado treinta dias de b publicacion hecha en cadi ~vlerindad para los Lu– gares de Cu diH:rito, aunque por privi– legio fean exentos , pues eíl:o redunda en fu utilidad , y beneficio. Suplica– mos ~'i vudlra Mageíl:ad afsi nos la rn:inde conceder, y que los reparcimi– ros, y exenciones, que de aqui adelan– te fe hicieren fi.n guardar eib forma , fean nulos, y.ningunos, &c. 'Decreto, A eflo os refpo11demor , qu~ 1ueg,o que fe publicare en l.1 Audiencia de nuejlro Confejo, el repartimiento , y executoria de el, los Prornradores de los Lugares, cuyas pen(ioncs lle11tm, cjlen obligados_ a darles , a11ifo de lil·dcclaracian, y para los Lugares que 'na tienen Procuradores e11carg11dos ,fa publique'c11 !,ts'Cabe-{.¡H de Metindades, y donas Lugares exentos , y ejl-a diligencia la haga el Lugat e,i cuyo ftvor fe ha he- cho el repútimiento, y el ddr el Jvi/o Íos Procui-aJores , y hacer.fe , la pub!icacion en las dichtJS Cabe\.as de AfcrinJd, y Lu.;a– res exentos;Jea dmtro'de diez dias, par,i que con otros diez ( 1¡ue todos )l'.m 'veinte) tengan tiempo los Lu:,ares p.ira alegar /us de/e1,jJS, y 110 cumpliendo foj Procurado– res dando el ,iv{o ; pitdaii la prnfiun de aquel año, p el folicitador del Lugar por quien fe hizo el repartimiento ten<~ª de pe– na áen librar, aplicadas para 1wejlr,i Ct– mtirii, Fifco 1 y gajlo:r de Jvflici,1, y de– nunciante , no cumplieizdo en har:er l,1 pu ... blica'cion.. LE Y X. SOB'l{E LA FOPJ,fA (j)E HA– cerfe ,1peo pard los repartimic11tos de el nu~– mero de tajas, y "beci11os de cada Ptte– blo del ~ino,y l,,15 perjomu que h,m de intervenir para formar/e. E N algunos repartimientos que fe han hecho eil:os años para obras, y reparos de puentes, y otras detb calidad , y p;:i_ra levas de Soldados, han fido muclus, y gr:mdes las quexas que han tenido, y nos han reprefcntado algunos LugJ– res; diciendo, que en la difhibycion de los rales reparrimienros\ n6 fe ha procedido con la igualdJd que [e re– quiere, por no Caber ajulladamence el numero de cafog , y vecinos de cada. Pueblo, eon que el ali vio de unos re~ dunda en agravio, y mayor carg:i. de otros; y aunque de las perfonas ~ quié fe ha cometido el hacer, y a jufbr los dichos repattimicnros,no fe dudj que havran prccurado proceder tr1 ellos con roda relhcud, y juíl:ificacion , no hl fido, ni es pisioble guardarlJ. en d efeél:o , no ceniet1do cierra relacion, y noticia de Li vccindJd de cada Lugar, ~ 1 a mas de que t:imbicn es de muy gi:a11 de Pamp!o .... n.1 .Aib I 6 4 ~ Lev '·' .,. u:,,

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