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Tuclela; A~ de I S 3 8. Peticion 108.0r– llmázas •r.Jiejar. TITULO XX. DE LAS V E C IN D AD E S, y PASTO s. LE Y L tos HIJOS-{DALGO GOCEN CON fus ¡,An,dos fin limitdcion las yerbas de los Lugares donde tu'l?ieren · "»ecindad conforme 1il Fuero. . ~~~~/1-.,,.,~~or Fuero anti- guo general ef d. ordenado ; que todo Hi– jo-Dalgo, que tuviere vccin– dad, pue~a go– zar eri el Lu– gar donde ia tuviere las ye~bas; y a– guas con todos ga!1ados. Y por repa– ro de agravio dl:a ordertado , y n1an– dado , que fe guarde el dicho Fuero: y contraviniendo a ello ; los Alcaldes de: vudl:ra Corte hart declarado derta fentencia contra Don Miguel de Go– ñi : la qdal es ag·ravio, y contra Fuero antig,uo. Suplican a vudha Ma~eHad le man:Je1 remediar. Platicado con nueflro Vi/[o-~ry,J los del nuefiro Confejo, ordenamos ,J mandd– mos, que de aquí adelante fe j,uarde elFue– ro * de la capitula; 1ut comienza. En Villa Rea/enea, en el titulo de Fiadores , que difpone, 'l"e puedan ,tozar las Hijos– [i)algo, e Infanz.,enes con todos fas ganados fin limitacion, J fegun , j como , y de la manera que en el fe contiene. Marques de Cafíett. i. E Y Ii. LA MEffJI(f)A rD El 'FU ERO quanto a /11s '1Jecind4des bafte tener-.. los Solares por qua/quiera parte fuera de los cafos de ha1Jer pleito pendiente. C.. Onforme al cJp. i. üb. 3. tit. 2.0. dd_Fuero general de_~fie dl:e Remo,- todos los H110s– Dalgo de el puedan· gqzar vecindad en los Lugares en que no rc– fidcn, con que en aquellos cenga cafa, o cafal cubierto, que tenga doce co– d0s de largo, y diez d.e ancho, fin los .· Dtcrtio. * Cap. I 6, tit. 17.lib.3. dtl Fue-· ro Gmc.. ral. Pampfq– na Áfw I 6 5 2. LeJ .¡.o.

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