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Trigo, Cebada, Vino, y Pan, yportearl0; ·811 -gravio efia en fu pie, nos· es forzofo . el reprefencallo a vueil:ra Magefiad,ef. -perando fu reparo de fu Real clemen– cia, feguros de que e-s fervido vueiha MageH:ad fe le reprefenten las cofas, que fueren de fu Real fervicio, y con– vienen al bien de ei1e Reino entre las qualc:s una de las qu.e tienen el primer lugar es, que a eíl:e Reino, fe les guar– -den fus Fueros , y Leyes inviolable– mente, fin quiebra, ni diminucion ..alguna: lo qual tiene vueíl:ra Magef– tad aífegurado con fu Palabra,y Jura– n1ento Real, conque viene a fer legiti– ma nueíl:ra pretcnfion; pero quando dl:o no fuera afsi, fon tan notorios los\) daños, que ha experimentado eíl:e Reino, de que fe ponga taífa al trigo en el, q_ue fuera de las razones de con– gruencia, que fe expreífan en el dicho capitulo , fe fondo la Ley 5. del año 1586. que es la Ley 1 9. lib. 1. de la Rccopilacion de los Sindicas , en ra– zones dadas de experiencia, las quales fe han verificado en la ultima acafion, con tanto daño de el Reino,que fine– ceífario es , fe probara que excedio de los docientos n1il ducado.s, referidos en el dicho capitulo, que deo es lo que obliga a eíl:e Reino, eil:ando junco en Corees Generales, a pedir el reme– dio de una vez, como lo hacemos, y ' no hai que poner duda en que lo di– cho fea anfi, pues todo el Reino, que es quien intereífa en efia 1nateria lo fu. plica.Y no fe puede dexar de advertir, que aunque el exemplo de los Reinos de Cafiilla , que fon tan cíl:endidos , como es notorio , no viene bien para el de Navarra, que es tan corco, y a– breviado como fe ve, y aun en los de Cail:illa fe ha experimentado muchas veces, que no es conveniente la raífa, en efpecial en los años de nece[sidad, y lo moil:co la experiencia el fufodicho ~e 1614.porque al punto que fe ~frc- Tom. l. de la Recop._ ... ruaba la taífa, falcaba, y fe ocultlba eI trigo, y en levantando el precio no mas de·dos maravedis,havia abundan– cia d-e pan. y haviendo fubido efio a preci(? excefsivo falco, y empczo a ha– ver muy grande hambre, dcfuerte que padecían los Pobres, y fe tomo por buen efpediente d levantar la taífa; Y, de aqui refuko, que lilll dia;y dos valio el pan doblado, y mas que el precio:, que en la mas fubida taifa fe le dio: .pero crccio canco el numero de vende~ . dores 5 y defcubrirfe tinto trigo con la codicia de el dinero, que fe abai1e– cieron las plazas,y vino a venderfe tan barato el pan, que no fubio de alll en adelante del precio mas baxo de la taf– fa ; de eíl:a verdad fon tcil:igos los que fe hallaron en eíl:e tiempo en b Villa de Madrid, y es cieno que en elle Rei– no fucediera lo mifmo a no haverfc pueíl:o la dicha taffa, porque nadie ig– nora,que fe oculta mucha cantidad de trigo, comctiendofc muchos perju– rios, y caufando mucha hambre ,, lo qual fe efcusara, fi cada uno vendiera el trigo libremente, porque creciendo el precio, llgunos dias huviera mulci- ·tud de vendedores, y eíl:os fon los que quitan la hambre , abaíl:ecen bs pla– zas, y abaratan los precio3, y aun re1 Culeara de aqui, que fe meciera en eíl:e Reino mucha cantidad de trigo: y ef– ta es la razon , por que en los Rein'os . de Caíl:illa no hai taifa a doce leguas de los Puertos fecos, y de Mar, y dl:a claro, que fi pues en eíl:c Reino fe íi– gue el exemplo de Caíl:illa; en quanto foner la taífa, fe figuiera el no ponclla a doce leguas de:: los Puertos, no pade.. ciera rantos daños, y el exemplo pare__. ce, que ha de fer en todo , y no fe hl de feguir fola una parre de el; y fi es anfi que en los años de neccdidad no ha de haver raífa, no .viene a tener efrét<? la Ley, porque en los_ de abun-: Qoooq dan-::

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