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'(:orella. Año [1695, Ley 7• y·de í u Viflo-Rey, y Lugar- Theniente. 7 3 A eflo os refpondemos ,'que el nuef tro Virrey continuará los recuerdos , . 1ue tiene hechos para que Je tome efe c.;. ti'lJll refolucion. L E Y IV. 1?.EPARO DE AGRAVIOS SOBRÉ Qtdenes del Virrey á algzmas Republicas para la efcolta de los Correos. S. C. R. M. L " . Os tres Eíl:ados de eíl:e Rei.. no de Navarra, que eíl:amos juncos, y congregados , ce– lebrando Corees Generales, por mandado de_ V. Mageíl:ad. De– cimos en concinu;1.cion del reparo de agravio, y pidimiento de contra fue .. ro, que nueíl:ra Diputacion hizo al Iluíl:re vudho Vi{fo-Rey , en razon de haver expidido cierta 01·det1, man– dando a los Alcaldes, fus Thenienres, Concejos , Regimientos de las Ciuda– des de Olite; Tafalla , Villa de Bal- 1ierra, Arguedas, Caparrofo ; B.¡ra– foain , y Tiebas , que al tiempo de paífar el Correo deíde la Ciudad de Pamplona a la Ciudad de Tudela de ida, y buelca, le dieran la efcolca ne.. ceífaria para fu feguridad ' fue precif.. fo recurrir á los Reales Pies de V. M:2- geíl:ad ~ reprefe111ando el agravio ., que padecian con lo referido, nueíl:ras Le~ yes; y V. Mageíl:ad fué fervido de mandarnos te(ponder , que los Cor: reos que conduxeffen las cartas, y plie– gos de eíle Reino , fe contengan en el exercicio de fu empleo ; Gn palfar a fer tragineros , pára evitar la necef.. íidad de ekolta, y dio las ordenes con– venientes, para que cdsdran la1 que– xas , y con dichá refpueíl:a , aunque fe remedió el gravamen que fe que.a. ria imponer a nuefiros Naturales, fal- ta e.l reparo de ;igravio que fe ha p;.i– decido:, n0 dando fe enteramenté por nulo codo lo obrado , en virtud de di– chas Leyes : en cuy:.1 conGderacion, fo– plicamos a V. M:1geíbd íe,1 fervido mand:.1r dar por nubs, y ningun:1s di– chas ordenes, y codo lo en í u virtud obrado, y de ningurt valor, ní efec– to, y que no fe traiga en con'fequen– cia, y que fe ob{erven nueíhos Fue– ros, y Leyes , fegun fo fer, y tenor, que afsi lo efperamos. de la ReJI ele. mencia de V. Mageíl:ad, que en ello &c. Haga fe como ei Reino lo pide, y da~ Derreto, mos por nulas , y ningunas las orde- nes que refier( tfle pidimiento, y man- damos, que no fa traiga en conJequen • cia, y que fe obferrverJ fa¡ Leyes, Je· gun fu fer, y tenor. LE Y V. SOBRE LOS PORTES DE CARTAS enmendadas , en qué fe encarga al Virrey el cuidado de que no fe exe– cuten los abufos que expreffa. S. C. R. M. L Os tres E{bdos de e!le Reinó ólite. de Navarra, que eíl:amcs Afio . d 1709. Juntos, y congrega os ce- Ley i 4 • lebrando Cortes Gerierjles, por mandado de V. Mageíl:ad, deci- mos : ~e aunque los portes de cJr- tas en eíl:e Reino fon de caG dupli- cado importe, que el1 los de Cani- lla; porque lo gue en ellbs es vellon, es en eíl:e plata doble ; ftct embt1tgo es notorio el abufo ; que fe experi- menta con quexas univerfales, de que los· o6c_iales de las Eíl:afetas muy fre– quentemertte au1ne11can los portes, en– mendando los que pone quien e!cri- ve líls tartas , y las retienen , no pa.. ¡an-

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