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71 Lib. l Tit. l. Del Rey, de fu Coronamiento,&c.· l E Y IIL SOrJ3r¡zE, QPE EN LAS VACAN– tes de Virrey que fi pro1Jeyeren m ínterin recaiga en una perforta,y no efle dái-– dido el Go'"rJierno Politico,y Capi"" tanta General. S.· C. R. M. Pam,. piona. L- Os eres Efiados de eíl:e Rei.:. no juncos en Cortes Gene .... rales , decimos : ~e en algunas vacantes de Virre~ yes h:1 fido vuefira Mageíl:ad fervi- Añ, '.16p, Ley 66, Decretó. do,dar el Govierno de dl:e Reino en interin a perfon;rs diferentes , divi– diendo el Govietno poücico de la Ca~ picanta General ) y de eíl:o fe han fe_ guido algunos inconvenientes , pre– tendiendo tocar las ordenes de algu– nas cofas., cada una a fu Govierno, y en otras dilatando el reparallas , por 1a competencia de a aquien tocan to– do en mucho defervicio de Vueíl:ra Magefhd , y daño del ·bien pu~lico de nueíl:ros naturales ; y hallandonos tan debida., y afectuofamente obli– gados a acudir a Uno, y otro, y a re– prefentarlo a Vueíha MageHad, es precifo recurrir a fuplicar a Vueíl:ra Mageíl:ad, como lo hacemü's., fea fer– vida concedernos por Le, , que de aquí_ adelante íiempre que huviere v~cante de Virrey en propiedad , fe provea el govierno de eíl:e Reino en ínterin en una petforta, que tenga lo politico , y Ca:picanta General , co– mo fe provee en los Virreyes ert propiedad, que en ello recibiremos 1nerced, &c. A eflo os rejpondemos , que el Il-uflre »urftro Virrey nos reprefentara las con– 'Deniencias , que refiere el <R.!ino., para que fe atiendR- a -ellas quando llegare el cafo. S. C. R. M. Los tres E(bdos de R l' 'ª . . e G ff re~ eue Remo JLmtos en ortcs enera- to. les, decimos : ~e al pidimienro, en que_ foplicamos a v. 1vbgefbd fueífe férvido concedernos por Ley, queen las vacantes de Virrey en propri~daJ, en que fe huvieíTe de proveet el go– vierno de eíle Reino in inrerin, fueífo en una Perfona, que tuvieíle lo Po- -lítico, y la Capitanu General ;.fe nos ha refpondido ~ ~e el Ilujlre 'l.Jueflro Vifo-Rey reprefentará a V. Magejlad las conrveniencias., que refiere el Rei– no , para que Je atzenda á ellas, quando llegáre el cafo. Y poi-que en lo que fuplitathos, fe acraviea:1 el tnayor fel·– vicio de v. 1v1a~enad '; el zelo con L que vivitnos ) fe log1e Íl(mpre, nos empefia de nueyo i 5olver con nue... vas ioft1ncias a reprefentar a V-. Ma. geíl:ad; fe hm experimentado incon– venietnes muy gr;mdes nacidos de la competencia, 9ue fe oc:1Gona, es can– to dividido el govierho ; pretendiendo cada uno le roca al fuyo , el proveer lo que fe ofrece, con que Lis mate– rias que piden pronro reparo {e que– d~n Gn él , F ues nadie quiere ceder de lo que juzga es del fuyo, con que es preciílo recurrir a dar cuentj, a v. Magdhd) y en la dilacion que fe oca– Gona) padece b caufa publica, y otras veces por juzgar el rtegocio toca algo– vierno de cada uno,. lo execucan 2n1- bos) ellcontrandofe en los fentires' y difpoficiones, de que fe figueh los Ja– n os que fe dexan conocer, y Grndo en tan notoria convcniencia del bien publico, y fervicio de V. Mageíl:ad: muy de nudha atencion es, fuplicar una) y muchas veces el que eíl:en jun– tos) _y no fe dilate el concedernos, lo gue pidimos, a quando íuccdiere el cafo de vacmte; pues nuci1ra folici– rnd ) y anhelo lo eíla mereciendo. SupliGlh10S a V.MageíbJ)m~,nde con• cedernos, lo qu~ tenemos fopltGJdo, que en ello &c. A
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