BCC00R51-7-10_0000000000000000410
y de fu VilTo-Rey,y Lugar-Theniente. 7 I por fer Juramento que mira unica– mente, a lo que es tocante ael, y fu Diputacion : fuplicamos a Vueíl:ra Magcfl:ad nos haga metced de conce– dernos por Ley , que los Viífo-Re– yes, que fueren de efl:e Reino , y los que lo fueren en jnrerin, d dia íi– guiente al de fi.1 poifdsion hayan de hacer, y hagan en anima fuya el di– cho Juramento, como fe contiene en los dichos autos de Juramento a la dicha Diputacion en la dicha Igle– fia Carhedral con la debida folernni– dad, que en ello, &c. 'l)ureto. .A. ejlo os refpondemos, que el nuejlro Virrey, y los q~eJucedieren en effi car– go , por la teprejentacion que tienen mia, y ejldn en mi lu.gar, cumplirdn con la objerJJancia de los Fu eros , y Leyes de efle ~ino , en fuerza del Juramento que tengo hecho, de que fe os guarden ,Y a_fsi no con1Jiene hacer no'lJedad. 'Replica- S. C. R. M. Aunque parece to. novedad, el que quando los Virre- yes que Vuefha Magdl:ad embia a eHe Reino en propiedad , e ínterin toman pofefsion, juren la obfervan– cia de fus Fueros, y Leyes en la for– ma que fe contiene en nueil:ro pidi– miento ; pero por fer tan jufl:o , y conforme al Real animo de Vueíl:ra Mageíl:ad , y de tanto confuelo para efie Reino, y fus Naturales, quando lo hacen los de otros Reinos , y de– mas Miniíl:ros que firven a Vueíl:ra Mageíl:ad en ellos , y en efte , y los Obifpos : nos alienta a efperar de fu foberana grandeza el favor que tene– mos fuplicado , y defeamos n1erecer con los afeél:os, y zelo al mayor fc:.r– vicio de Vueftra Magefiad , fin em– bargo de lo que ha fido .fervido de refpundernos, porque aunque fas Vir– reyes por la reprefentacion que tienen de la perfona <R.!al de iJueflra Magejlad., y e.fldr en lugar Juyo , e/peramos que cum- 'l'om. I. d~ la ~cop., plirdn con la objctlJ,mcia de nuefirosFuc– ros ,Y Leyes en fuerza del Jurarnento que 1JUeflra Magefl ad tiene hecho de ;Jlle Je nos guarden) toda1Jia fe conoce J lo cpte fe añade a Ju ai:encion el hacede en (!rÚ- ma Ju.ya; y afsi el dia del folio de bs Cortes , fin embargo de ha ver jura– do en anima de vudha Mageíbd_Lis Leyes, que fe nos conceden en ellas, y de que en fuerza de eíte Juramento tienen obligacion de cumplir con fu obfervancia , juran los Virreyes en anima fuya J no folo la de las Leyes, que nos conceden en nombre de Vudha 11agd1:ad J fino tambien todas las anteriores, Fueros, ufos, y coíl:umbrcs, y lo demas que confb. por los autos de los quadcrno_s de ellas, y de la recopilacion, y afsi el hacer lo miG110 quando tomaren po~ fdsion' es muy conforme a efb. ob ... fervancia, ya la razon que por ella le aisiil:e al Reino , y de mucho COil"' fuelo Cuyo , y de ningun inconve~ niente para lo que fe:.1 del fervicio de VueH:ra Mageil:ad, en cuya conGde~ racion: fuplicamos a vneíha tv1agef.. tad nos·haga la merced que tenemos fuplicadoJ que en ello, &c. Por contemplacion del ~ino, querc~ Decret~~ mos que al otro dia que to mitren ! a p?Jif- Jion afsi los Virreyes que embiaremos d go'vernar effe ~ino en propie;:.lad, como los quefir1Jieren los dichos cargos , en i,i... terin juren en nuejlro ~al Palacio la a,b... Jer17ancia de los Fuetos, y Leyes de! ~i– no en anima fuya, en la coriformidad t.¡ue hacen el Juramento al fin de las Cortes, y en efle aElo fe halle la '.Diputacion. i~iiiiiti~mfit~iti i ttit~lTuiiit I i mii~i~i:tn~ ¡tt~~iit .,fs ,, eJ'? ~~tirill 1\1 z_. LEY
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz