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Lib. I. Tic. XIV. De los arias, y ¡5or la rebcion que tiene he– chJ. b Camara de Ccnrptos, y por los recados gúe 'preíentJffiOS COliÜJ > que defJe el año de ·1 5 1 3. ha(b el 3'n.O 1 5'96. el exento le u!Lba en toda·s p.:ures, y lo que montaba fu e·xencion 'fe rebaria ·por cuent~ de fu ·M:igdbd, ·fin carg,1\16 a lo's Lugares, ni exentos, como cóníl:a 'por los libros Reales·: y fie11do como es cierto eÍte hecho, y c¡ue coníl:a por Leyes de viGra, y ·por ·provifsiones acordadas) ·que lo que ha corrido haíl::.1 que fe hizo la dicha nove~ dad,el anó de noventa 'y dos,o fei(cientos ·há fido lo mifmo que ahora ·el Reino pretende; y haviendo impugn:ido la di· cha novedad dle Reino, luego el ano de 1 604. y el de 1 608. queda llano ·que b cofrumbre que ha havido vie· ne a dl:ar probada en favor nueího · de ochenta y quatro :iños por lo me– i1os ; y e:íl:ándo difpueíl:o por Ley ju– rada por vueíl:ra Mageíl:ad , que íe nos guarde la_ de 40. anos , no parece que hai necdsidad de undar bufcando nue:.. ·vas adveiíguaciones , pues en dl:e he;. ~ho hai conformidad notoria > y ya el Reino no tr-~ü:a., fino de ·que fe dedil., ren las dichas Leyes én qüe tiene juf;:. ticia llana:, la ef per.1 coníeguir de la grandeza de vudl:ra Magefiad, ~ quien foplicamos fe Grva de pr6veér coino en los dichos capitulds__ ~~nf nios fupli,– tJdo, qué en ello rec1b1remos mer~ ted. beáeto. 4 ejlo os decimos , que ce'fra de.flo, Je há refpondido bien , y baflantemente a los dunás pedimentós , que en eflas Cortes fe han hecho en efla razon, lo qua! Je cumpla fin que por ahora fe ino– q;e otra cofa. Tnár11 El negocio de la üffa de los ~ar– ~li'"· teles' y rebate de ellos es tan impor– tante, que fin embargo de la merced, que de vueíl:ra Magefiad hemos, re,1.- bido en l:Js 1eírmr .,s ele lu peJin1en~ tos que h.1vt mes l-:ed10 , Dos es for– zofo el bolver d foplicJr J vudl1a :tvta· gdbd ( pctlrJndcnos a fos Reales pies, como lo b::ice: n10s) {e {irva de conce– dert1os lo que :mtes de Jhor:1 le tene– rnos íuplic1do, pue-;; es en fivor de po– bres, y gente neceGitadJ , que por íer• lo tanto h;in dex::1do al!..!,unos de defen .. dede ' y pedir fu dere~ ho' por no te· ºner con que acudir a los fallos' y cofias ·que fe ofrecen en los pleitos. ' lo otro' porque la coftumbre eita en favor de la prerenfion del Reino, pues coníl:a. por el tel1im0nio prefen• tado , Gcado de la razon de lm libros f:eales de la Camara de Comptos, co– fuo defde el primer otorgamiento, que · hizo eíl:e Reino, defpues que fe unió con el de Ca11illa , 9ue fue el ano de I 5 I 3· hafia el ano de I 5,7. las par– tes , y porciones de los exentos , aun– que uno tuvieíle dos Palacios , fe taf. ·, CbJ ror e!!o·s, y eran por cuenta de ·vudha Mageibd, cobrando efio me- , '- ' 'nos de los QQartdes , y fervicio va- . luntario, con 9ue efie Reino le firve. ¡ Lo otro, que d dicho an_o de 1 5 .97~ ; por la Carriará de Compcos , fe ca– ) menzo l intentar novedades , defpa– [ chando execuroria contra algunos Va– : lles por la porcion del exento, car;. ' gandofela a los dIChos Valles , y pre– : tendiendo q'ue folameme fe havia de : rebatir en el Valle del Palacio donde '. fe ta{fa~a el cal exento: a lo qual al- : gunos V:1lles, y Pueblos contradixe- · . ron, y obtuvieron en fu favor ; Com\o : fii'e el Lug::1r dt Vertiz > Ucerga) cu_- ' yas fentenci:1s fe h:m prefentado, y · t;.1mbien b Vilb de Arce, 9ue por di. verías veces LY"diclu C:1hura ha inten– tado el executarb por la porcion del .dueno d~l PJlacio de Arce, que tlm.;. bien lo es. del de Agorreta donde fe ta!fíl: y el Confejo · Real por decbra· ClO•

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