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Lib. l. Tir. Xl V. De los ~C{i1lün{bra¿1s : y las valles, Ci-uda– des ;·buenas Villas, Lugares, Cafos, Cu{~ros-dc ellas, q1Je probaren , que de quarertra :1ños ..1 eíb parte no 'han p,1g::1dü'~Jf·tclcs, ·no··h-c:111 tenidos, ni t,bJ~gad,)S a -los p:i.gJP ,hÍ feah ~pre– rni:idos a ello los :que vivieré de aqui a-dd.mte en· las·Ctuditdc-s,Villas;y Lu– g,ues , y Cafos ; y -por las fe11tencias dadas conr-ra -los-Libradores p~rticu– larcs no paren·perjukio a }os Señores _ de ellas. Y en las Vil!ns -de O lite·, "y Tafalla hayan de 'pagar ·conforme a fus gracias , y privilegios,Real_es, que de íu iv1agdbd , o de fus -Predecdlo– res tienen,, afsi los Q?arteles, como fo.s-Akávalas,;y_ que en la foluc;ion, y paga de los dichos Qiartcles hayan . de contribuir toda manera de gente: excepto las Gentes del Real Confej'o, y Corte l'Aayor:, continuos fufuiliare5 de la'Cztfa Real ;y los Cavallcros Ge– nerofos , y los Gentiles - Hombres Hijos-Dalgo de fu origen , y depen– dicncia que fean Señores· de Palacio de Cabo de Ar!neria, o que tengan pechero, o ·pecbc:ro·s, collazo , o go– llazos,teniendo una fola ca:lidad ·de las dichas, o qualquíera de ellas puedan taífarfe a ÍU vc~·unt2d eh una fola ve– cindad i y afsi bien puedan gozar de la di€ha temifsion de ~arteles los que tienen cavallb, y arh1js que fo– an Hombres_ Hijos-Dalgo, y los Re– mifionados de las Ciudades, y bue– nas Vilbs. Y B;:ilchafar de Rada;cuyo ts Lezaun : Alonfo de Tordií1llas, cu– yos fon los Palacios de Lerruz : Ar– nanton de Solchaga vecino del dicho Lugar: Fernando de Torres.,cuyo es el Palacio Je Torres; por juítb refperos r~fetvamos que no pjgucn los ~ar– tcles del dicho pre lente ~ño d.c ·1 55 6. )' Juanes de l'vbquidain.,cuyo es el Pa– lacio de Maquiriain : Jn~mes de Eril– tai.nj tuyo es el Palada ~e Eriíbin: Martin de· Oricin., e uyo es ¿-1 '.Palaci6 de Oricin : ·hilartin de Elizalde, cuyo es el Pabdo de Orifoain: Juanes de Azpilqueta, ·cuyo es el Palacio dé An-:tm~tri:tquera : 'Marrin StbaH:ian, cu yo es el Pala ero de lriberri: Bd– tran ·de Léoz , cuyo es el Palacio de Leoz : Juan ·de Rada·, 'cu'yo es el Palacio -de tcpüz:ün : 'Belrran de E(parza , ébyo es d Palacio de G:1ri:.. noam, vecihos 'dcJa :Baldorba, reíer– varnos que no hay.in de·pagar'Qyar– telé's hafia en tanto que los proceíf os que penden en el Confejo Real fobre los -calidades que Ie-s dan libertad de no fer tenidos de pagar·, 'fean dccla– rado·s por fe:ntdicias définitivas. Los ;quales treinta y feis Qlartele's y me-dio, y quatro tandas de Alcava– la feran cogidos,yadminirl:rados por Moífen Juan VallesTheforero Gene– ral de elle Reino , o ;por fu R.egem:e la Theforeria en la fr,rma acoH:um.:. brada. Del qual dicho férvido , y ótorgi~ miento voluntario de los dichos trein.. ta y feis ~arreles y medio, y quatró randas de Alcavaia del dicho año de 1556. re'tenemds mil duc1dos de oro viejos , por facultad que tenemos por prbvifsiort Real , pa1 a otorgar junca:.. mente con el fervicio Vdlüúr~uioj que ~ vueíl:ra Magdl:ad fe le otorga para n ueil:ras netefsidades,y urilidad de ·ef– rc Reino, tomo lo tenemos de cof~ tumbre. Coh protefl:.1ciorl, que ncj pare perjuicio a qu:tlqoiera derecho, .o facultad LJUt: d Reino tenga de re– tener feaun ljs rieccfsidades, que fe . b ofreten:los qualcs dichos mil dücados fe~ibraran ' y re¡fartiran por nudl:ros Dipubdos, por la orden que eíl:i d.1- da por nofotro's por ante Miguel de Azpiliqueta 1 Sccrctatio que es-Je los dichos eres E{tados. Y aquellos lcran cogidos de los primeros dineros, qu(• ,., ie

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