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lnfcculaciones. car otros eri fu lugar , y {i a eíl:os tam– bien , oa alguno dellos fe. les pó11e impedimen"cc:>, focede lo mi[mo, íi el pueil:o fe da por legitimo, y fuficicn– te , con que ello_s pleitos fe dilatan por mucho~ me(ts , con gravifsimd perjuicio de 16~ Pueblos; afs1 por lo que gaíl:an:,comó 11orque quando en– tran a exercer fus oficios, los que far– rean en lugar de los que fe hallaron in– capaces , es ya muy tarde , y ~orno los dichos oficios fon añ.iles,en el po– co tiempo que les queda, no pueden tener la inteligénci~ que cbtlvrcne parn exercerlos ; y en el que fe dilata por eil:a caufa; efiai-i lo, Püeblos ¿,¿_ fraudados de los (ugcéos que havian de fervir para [ti govierno,en qce fon intereffados codos los vecinos, y ef– to fe efcufaría, con _que íi al_ t~empo de la excraccion , ora fea de Alcaldes~ o de Regidord _, ode otros oficios en que h~i Iiifeculaciod , fe pone iÍnpe.:_ dimenco a algunos de los exnálros/c concinue, aqudlJ, haíla que falgari; y _forceen fugecos libres., y nd impedi– dos del nurhero de que fe huvierc dt: hacer fa dicha extracciori , para que remicieridofe aquella al Confejo, en cafo que de pb~. legicimos J y bi~n puefl:os los im¡:kdimentos; quede nu– mero bailante de fugecos h~biles' fid que fea riecdfarío hace.da de nuevo: y cambien co11vendria que fo dc--– claraífe, que los quince dias en que fe han:, d~ éonduir los pleítos - defia calidad, fean pere"mptqrios, e Ímpror-;– rogables , y que eíl:d (ea no folo ref– p'eéto de las rarees j fino_ ta!Ubíen del Fifcal de, vueílra'. Mageílad; firi 'iue' por caufa alguna , aunque fea de íg_; noraricia, fe pued,a dar mas cetmino'; y que refpeél:o de los Lugares, donde fe hacen las extracdo"nes en tienipo' .de vacacio"n'es,corran los dichos quin~ ce dias , de[de.e! ~rimero dia de ~"u_:_ TQm. I. de la t'%coi,· diencia, con que los Alcaldes, y Re– gidores prcfcnten la cxcraccion que huvie'ren hecho en la primera audien · cia de Confcjo, fo alguna pena. Su– plkamo~ a vudha ~agdtad I,a m.111- de proveer .afs,i , y que en codo fe ub– ferve, y guarde pór Ley lo contenido en eíle pedfrnento , que en ell'o ~ ~e~ A efló '))Qs rejpondemos , qae /e ha:;:) Decreto. _.como el 1?.tina lo pide , y los (utfimuos Fi(cales , tengan mucho cuidada de dar ·cuenta al nueflro Fi(cal con toda bre111- dad, de los i,npedimento, , para q1ie eJN 'injlrusJo tn todo /o necejfario,para (eg,uir– los , y de ,Z(J lo htéer , firan cajlig,,doí, fon ngor~ LE Y XLV. HAYA NUME([{_O (j)E SUGETOS m lar lnfeculacione,, y quienes han de ,r J ella, , y fu /alario , y lleno el dicho numero , no fa admitan agra- )Jios dé particulares. L As Iníeculaciones ~ne~-~ Reí-_ Pamp!n~ no fon tan continuas; que na Ano cada año fon muchis las 1 6 5 ;! • - r I l . d - Ley -+7· , que 1e 1a,en en as C_1ü a .. des , Villas, Valles; y Luga~c;s J¿f , y rio menos fon los pleitos que. de ellas refultan, ~graviandofe UOQ.S de no ha- verlos infeculado , o afc~ndida, y a..: eros de hav~_rios i1_1(ccuiado, con que eil:an tari embarazados de ordíriarÜ> los Tribunales del tonfejo, que por ellos fe, refraffa ef defpacho" de otr0s mu~hos p'leitos: y lo que m".is es, que muchO¡lil que no han confeguido el in- ienro de fer ü-1feculados _; dcafionan .1 _ 1ó~ Pueblos mucho~ gaHos , ya rodo efio parece fe pod~(a o'ciurir, con que en cada Ciudad; VílLi, Valle, o Lu.. ~ar ,,,en_ qu~ los o6~iós van por. Infe– culacion, fe a~e-néalfc numer_o 6.xo de los que CITia'da:holfa pueden fer info..; Nnnn 2. , cula-
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