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1J11nto. ' . Infeculaciones: '· L·~E Y XL'. ·~ fe pro·ve~ por tey_.qtic:~tf1os-Lu... , gares donde hai diftincion de·eíl:ados · a~~ Hijos-Dalgo, y Labradores, no S0131?,E L-0$. lMPE!l)IMEN.TOS, infecu le ~ti la bolla del eftadG de . Hi- ~ue fe han de poner d las pérfanas que jorS-Dalgo él Juez que fuere a .perfa~ tflulJitrm irrfeculadas en las -bolf as na ~lg0na, que notoriamente no céf- de Alcaldes J y Regidores. ta.te que lo es, o .por fer de[ccndienre · · de parce paterna de afgu'n Palacio 1 o ·s· On n'1uy fr~quent~S en.e~e Rei.- Pampf(}.; Cafa Sólariega, o de familia notoria, - no los plettos,y impedimentos n~, Añ() e indubitada de Hijos-Dalgo, y que . . para l?s oficios de R~fublica,.y le~ ~i.: jug.cámencc ka limpio, de todos fus_ dlo nace de la facilidad ·cm\ Abolorio~ , .o bien -mofhit~ ·que es ·qt,Ie por emtdacion ., y hnc:s particuJ. H~d.ugo, ha.viendo!~ aheriguado <;ori lares fe Pon.en impedimentos unos l. cita.don dd yueftro Fifcal-> p-ero,__ que, otros, y r:nuchas ve~es, fin fer legiti– no .tengan obligacioh de d~r efla in-" mos , ni de los exprdfados en las Le– forinacion aquellos que fondiinpios ,~ yes, y para quefe efcufcn, los gaíl:os·, cuyo~ padre.,_ y a,bQ.1/lo eftuvieron en: y execuciones que defio fe hm ocafio..i. los oficios-de Hijos:...Dalgo de aquel pado: ha p~r~cido -conveniente re-du.. Lugar, aunque huvieife dcxado el pa- J;:ir a efi:e-pedimcnto; afsi todos 105 im– ·dre, o abuelo de fer irifeculado en d pedimentos·concedidos· en fas Leyes; dicho dhdo, ~onio eíl:o huvieífc [tf,. como otros que fe añaden de nuevo, cedido por algun accidente , y nci. que fon los figuientts. 1-Los (?idorcs fudfc por falta de ca'li<l.1d , y qtie lo:'. de la Camara de Cortipros Reales : el mifm6' fea. en.los. Lagares-, donde hu- Patrimonial -de vuefira ~geíl:ad ~ lo~ viere fa dicha d-UJ:incion de ell:ados, y Arrendadores de las Tablas Reales, fueren por decdon,, y nombramkn- fu-s · Pordontfl:as l y Tablagtros : los to'los oficios de Republica _, con que Comiífados ordinario~ ·del Real Con· por eftó no fe entienda darles mas de- fcjo , y de la Corte, y. de los Tr1buna+– tccho·, del que tuvieren los que dl:an l-e5 inferiores_: los Akaldes ·de fo5 Mer.. · infeculados en el dl:ado de Hijos-Dal- ~ados,:y fus Thenientes: l~sMaefuos go, o en potfefsion de fer nombrados de los Efiudios, y de 1as Elcudas: los en los dichos oficios. Suplicamos a Juíl:icia's,. Almirantes, y'fus Thénien;. vueftra _Magdl:ad lo mande· proveer' ces, y los Prebofl:es: los Alcaides de· afsi,., que en ello,· &c. . fonal'eza-s: los· Efcrivano~ perpetuos .d efl() )]as refp9ndhnos 1 'que fe haga de ante los Alcaldes ordiná~ios , o. como el <J(eino lo faplica. de los Mercados_. y fus Procuradores: lps Porteros Reales : los Theni'enres- ·_ de Mctjnos : los Subíl:itutos fif~ales,y Patrimoohles: ló~ Militares que lle-r– 'Van fucldo, o fahttio., y- los detrth qúc· gozan d~l fuer.o Fv1ilirar ,np renuncian do antes de~ la cxtraccion,los Medicas; .conforme a la Ley ddta-s Corees , los ·Cirujanos, BotkarioJJ~qrb~,ros, loi Efcrivano, Reales, fin ·q!lu t~nundeq · ,l oticio por todo aquel año a los me• nores

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