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' 'Deireto. ºNóta, y Regidores de 16s Pueblos de efte Reino. ;6, (el meCtno no haya hecho ra enmien- ' da. Por todo lo qual fuplid.mos a vudlra Mageíl:ad, fe firva ·p_roveer en : la forma expreífada en nueíl:ro pC'di– mehto.: que afsi lp efperamos de la Real juíl:ifitaciort de vudha Magef– tad , y en ello , &e Aunque efia bieii lo Jecretado, qUú#– moscpor complacer al rJ&ino , que havicvi– do porte anadido ·no je cobre , fino Jalo et JJerdader<f_ Se omite en eíl:e tit. la Ley 14. fo- _ brc fer exento~ de huefpedes Lói Al– cald,es, y Regidores , y_ ~1:erinos ?el Reino;por eH:ar dupli'cada en el tic. 6. ddte fib. Ley ~ 2.. 'que ahora es 1a Ley 1 :t. dtlr dup!¡c1(h en d n\itmo tit. 6. del lib. 4. en la Ley 7. que ahora es· 1a Ley,6-. . Y la 3 9. [obre que los A_lolJ~s ordinarios execucen las Leyes conc'ra ros qüc erícrait, o ºhacen d,lño en he– redades cerradas.,., o abiertas : por ei– \ar duplicada en el lib. 4. tic, 5 .Ley 7, "que ahora es la 'Ley 5. ., Tambien_fe omite_!;l 46.f9bre que Thenienres de Alcaldes ·no. fran los ql.le no ell:an inleculados en bolfas de Afcald.es, ni lo fean un año tras otro: por dlar duplicada en eíl:e mifmo ti .. rulo a la Ley s:º que ah()f~ es la, Ley 6-. ·_. 1:'" la ) 4-. [obre que los _Alc~ldes \:empelan a Cervit":i-los mozos de- la– branza : por eíl:ar duplicada al lib. 5. Ley 6. tit. 2. o. que ahora es la Ley 3. T ambien la 3 3. fobre las penas de los Vagamundos: por ·efl:ar duplícada ~ en el lib. 4. tit. 6. en ta Ley G·. que } ahora es la 5-: _ .· . \ . 'QEe las i:dervás de ~ RelYgio\nes Nottlq_ Y la 3 4. foble que los Gira.has; y. no firven ~a1'a oficios de Republica, :Vagamundos , aunque anden fo los, , conforme a la Ley 7. tic. 3. lib. 5. do fean azotados por la primera vez: por l· dhl R~opila.i;:ion.. Éééc: TITU~

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