BCC00R51-7-10_0000000000000000410
y Regidores de los Pueblos de efre Reino. 563 y delito,fon muchos 'los q fe retrahen por dl:as, y feme"jantes caufas de exer- ¡ cer los oficios ·de Republica ·; a cuyos motivos efperamós fe fervira vueil:ra Zvfageíl:ad atender para con_fuelo, 'y mayor ·conveniencia de los Pueblos. Suplicamos a. vudl:ra Mageffad fea fervido concedernos d referido pedi– n1ento, como lo efperan1os de la Real . jufiificacion de ·vudha-Magdlad,que ·en ello , &c. de que no fe executaífen femejantes abufos, como parece de la Ley 2.4.dc dichas ultimas ·cortes de Olire ; y aunque no dudamos de fa fuma vigi– lancia, y zelo ·de vuefhos Viífo-Re.. yes, havran pueflo. el cuidado poísi– ble para evitc1r efios fraudes ; crece 'nueHro defcónfuelo, por no verlos re– Q1.édia'dos, antes bien fe han aumen~ -~~d~ ~as quexas-úni'vt:~fales d~ _ran per: J'Lld1c1al abufo; pues unas oficrnas, en ·que debe obfervarfe con la inayor exaccion la fe publica , fe hallan no– tadas por los cxceífos de algünos ofi.. dales, que ante·poüiebdo fu interdfe 'particular a la obliga'cion 'de: fu minif– cerio:, executan los aumentos de por– ·ces en las cartas a fu arbitrio ; fiendo mas fe:nfiblc en efie Reíno; por pagar– ~e a plata) y duplicarfe cafi ~l impar-– te , al refpeéto ?e como fe pagan los ·portes en los Reinos de CaHilla ~ y eorqüe para remediar dl:e daño , no íolo es neceff.uia eficaz providencia, fino feñalar pena. exccutiva contra los Oficiales de las Efrafrras , que co– tneriere'n fe·mejante ~xcdfo ·: Suplica..:.· mas a vudtra Magd1:ad f~ firva ?1ªª .. dar concedernos por Ley de aqui ade.. lante , ninguno pueda enme1:1dar los portes. de canas del recinto de Efpaña, Decreto. Rejporulemos a efla ·nueJJa inflancia, que aunque eflJ. bien lo pro'llerdo, manda– mos por (atisfacer en todo lo pofsible al de(eo del Renzo, que fe haga ·como lo pide, menos en áquellos cafos culpables , en qut cooperaren los .Alcaldes :, [obre que impide · fu gran 1Jariedad ,Y ocurrencia cftablecer regla _lixa para ellos ; pero _nuejlros Alcal– des de Corte,y los Otdores de nueflro Con- Jeja en fu inftancia ejlaran con fuma atencion, a no mandar:, fino lo que fuere conforme a las Leyes del Reino,y a la ca.:.. ,¡ idad de los fa getos ,y oficios que exercen. PAll1j,lo- na, Ano li 7 1 6. ÚJ 27. L E Y LXXXVII. SO 13 RE LOS P O R. TES rDE e ar-tas enmendadas ' y pena que han de executar los :Alcaldes. E N las ultimas Cortes , que fe celebraron en la Ciudad de Olit~ reprefentamos a vuef– tra Magefiad el notorio abu-: fo ; exceífo , y fraude , que fe exped– inentab~ , de que los Oficiales de las– Eftafecas aumehtaban los portes de la~ carras, enmendando los que ponia el 1 que las cfcrivi~; y pidimos el remed1~ a un daño tan perjudicial a 'la caufa publica , y buena corieÍpondencia ; y vudl:rá Mageflad por fu Real decre– to fe fi!vio,tofpohdcrnos: que el Iluf-: tre vueftro Viífo-Rey tendría parricti~ iar tuidádd (tomd fe lo chca.rgaba )· ~ñ~di_end~ ª l~os que trat~n ; r ·1ue en tafo de anad1tfe :, conoc1end~ a en.. inienda:, no haya obligacion de pagar ~or~e ª~$uno; y que los ~íl:afeteros,~y fos Oficiales deban enrregar. las car– tas de porte enmendado fin paga ninguna, y que a ello feah -apremia– dos por los Alcaldes, o Regidores dé los Pueblos , o 9ual9-uicra Miniího Real , fin mas adveriguacion , qµe la de ver la dicha enmienda : y que en tafo· de tontravention, cobrando el porte .iñadido; Ícan inu~ca.dbs.fos ófi- ciales de la Efhfera; donde fe enrte... _gala. tatt-a en dos. dutadtis por ta.dá tat""'
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz