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~4t lib. l.. Tit. X. De los Alc-aldes Ordinarios, l"cm:bargo . de ' fa dicha 't'etu(acion. "1rt"eto.. A ejh,:'hos ·deciirios ,, que par -co'ntem;.. :piac~·n del rJ?!ino fe lMgá ·como 'el -~in'o ; to,pide. · fundamentos Por entrambas partes-.,, :per~ lo ·mas ·canvinic"nte parece lo que hai irite'r'prerando la coltum~re eh 'm'ticlio"s Lugares, y c:s :, que los Al:... t E Y txv.. 2,, O $ A.SSESSO~ES (J) E Alcaldes fi fueren recufados fin puedan acóm.panarfe. cald~s, y R_egr~o_res _de_ ~~;s Puc:blos, hagan las d1ch~s cond~c1one~ , por– L OS que coh ·etlo Ce ·quiten las 'gra'ndes "cau_fa · ·co·ofufiones) que votando todos los vecinos en ·con'cejo ', fe fuelen 'ofre– p~·,np!~. E. · __ ·N :ª Ley Undecima de Jas ui~ : na A~o . . urnas Corte"s fe mando, que . ie~ º61~ . . ~os Al~aldes o(dinari~'s recu- fados fin 'ta'ufa , ·puedan ro.:.. mar aco'mpañado a cofia del recufan– te:y parque in'uthos fin cauia recufan tambien los Aífeífotes:, que romah lo"s Alcaldes. Suplicamos a vudlra Ma::. · gefiad mande; que la dicha tey Ce tntienda tambien quando recufareri los .Aífeífores de lós dichos Alcaldes~ 1Jecre'to, fl!!e fe haga como el Reino lo pide; LEYLXVt LOS ALCAt/DES j r REGirbó– res pued,m co»ducir Medicas , y Maef-. tros drmde no ht{Piere coflumhre en co-ntrari~. Pampfo;, GR.andes diffcmfiones-, diferen~ na Ano cias , y pleitos fe han, ofreci~ f ~ 6 1 ;: . do en ~lgunos Pueblos de ~ 3 eíl:c Reino fobre las condu-:. cer, 'prindpal~e-nt~ eh Lug~res po– pulof6s:, que de fu,erza lo han de fer, donde ie 'conducen Medico's , y Maef– 'rros de efcr~vir , ·y de Cramatica, y fo fi guen ·muchos in·co'n've·niehtes, naci~ dos de la variedad, y encuentro de tart ~div·erfo·s pifre'terei, y haciendo la elec.. cion tan folamente el Alcalde, y Re--; gidores , a quien toca el ghviernoi fiempre fera mas aceitada, fi'n confu.. íion, paz , y quietud, y con mayor: brevedad :, acudieru:lofe al remedio _de la necefs1d_ad prefente, porque fue-– len fer los dichos Alcalde , y Reg_i<lo~ res, de las perfooas mas honradás,bie1i entendidas, y d-e facisfacion que hai en la Repüblita ., y que inii'en coii mas chidado por d bien publico., y 1 itnivertal.ry tiehcn tal bbligacion con.. forme a fus oficios, y el Juramento que tienen prcfiado, y efte parece que es derecho propio perreneéidne a ellos, pues toca al buen govierpo.Por lo qual foplicamos i vudl:ra Magef.. tad mahd~ por Ley~ que las condu.. dortes de Medicas_, Cirujanos, Maef-. rres de Gramatica , y de leer , efcri– vir j y contar , las hayan de hacer, y las hagan los Alcalde¡; y Regi-:– dores. de los Pueblos : y par, que aquellas tengan fuerza, no fea ne– cdfario juntar Concejo> ni to-mar los votos de Íos vecinos j hi habi– tantes,firto tan (6Íamefire fean bafian- do~s de Medi~os, Cirujartós; Mae(. tras de Gtathatica, y de Efcudá; de leer , y Je.e(crivir ; y contar; porque– han pretendido algunos vecinos par.. ticulares , que las hechas por el Alcal– de, y Regidores 110 haviaq de tc:ner cfell:o; finó que aqueltas fe havian de hacer por todo el Cbncejo j llamados a el todos lo~ vednos ; y dando cadá uno libremente fu voto : y fobre dio ha havidó diteretltes fentencias. y aunq,ue ,onformo a derecha , bai fus -tes los votos de los 'dichos. Ak~lde , 1J Regidores.

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