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& (ft,/~~·-te/pomlem!Js , íqtle pói con- ' ltemplacion ·-del <1\!ino) fe haga como fe /(uplict1. 4, E y J..XII. <coMfJ ,HAN ©E Pq{OCETJ'íj,iR.._ 1o,s Alcaldes -en · los ~efos ,~ que fucedie" --ren en fu jurif dicion , temázdq_ ,l<, criminal. ,5 ~e kn, Akaldes ordinario~ en los pleitos -por <ef.crito , que no n\e~ recen ·pena ·corporal-, den f altura en fiado , y ,que -no los detengan en la pdfion,. par~ obligarlos a que fefome... tan. _ _ _ _ , f ~e al que huvieren ·ctado fol.;. cura -en cafos leves, no le reduzgan a. la Carcel al tie1npo de 01r fenrencia, . . porque dl:o lo f uelen hacer .por obli .. ~ . or'.···· Troli decimos )~que kls vex~-, garles con la,prifrona·que no apc;len:, n:m~ _· . -cione·s '> rmole~ias _que al- y como~muchos ~on,pobres, ·confien- '1 ·'6 4 2. .gunos Alcaldes, o Juzgados ten en la fentenc1a -por efe u-far. gaíl:os. ~ 4S· _ . -inferiores que tieneh-jurif- :5 Que fobre ·denunciaciones de ·dicion:criniim.1-., y los fubfüc1:1tos Fi[:... Ley,, en que la-pena fe reduce a.pecu– ·cales -dellos ·han hecho, y 'hacen -a· ·· niaria ", •no prendan_ al que es abona– los delin-quentes ,, y prefos -con fus do) o ofrece dar fianzas,, para aífegu.:. ~ilaciones, .y otros ·modos ikgirimos) rarelrjukio. . . , __ . ·. :j fon tan :grandes :, -que precifamente '6 Q_Ie fobre -p-enas ·de médió ho– obligan a f olicitar el debid9 remedió-, micidios no fe hagan proceífos ordina para alivio -de los teos::, y buena., y rios,finó que 'cóH:ando [11zy1ariarn'.ence breve,adminiíl:radon de la juil:icia,, y de la herrda, condenen 61 la pen;r,:y fa. para ello.. Suplicamos a vneílra Ma- execucen, y que no fe incluya en eib. geíl:ad:, nos conceda por Le.y lo con- pena·el cafo en que no huviere 'cifura tenido en los atriculos fi'guiente's-. Gt cuero' y carne; aunqúe haya·duf- ... 1: _Prim(er~mcntc,4 por quant,0 lós fio~ deL:,n~rc violenta, como.por l-as fubfhtutos f1fcales dtlatan -las ~aufos nances:i, o boca·, _ . , de lds. procdfos, folo ·por da.tles ve- 7 ~e ios Akaldes ·orcfina'riós Xacion i, que diez dias ddpucs de eÍtar RO puedanmultar a nadie Verbalrnen-· prefos les pongan la ttcufadon; y que te en mas de feis reales para lns pobres los Akakles 1es compelan a ·que. lo de la Ca.red :, y donde no la hai para cumplan p1or mu.Itas, y ,prifion de fus d Hof piral; 'y porque con lo dicho fo perfonas, y que lino lo hicieren., ten- han ·de efcufar muchas finrazones,vc:– gan de pena cinquenta libras~ xaciones, e injufiicias: Suplicamos . 2._ Item :;'que derttró de quince, nos lo -conceda por Ley ; qu'e en ~Ñls <lefpues de la ácufacion , .fe. red- ello; &e . ;> ,, , ,·-~ -> ~ ha la caufa a prueba 1 fi el prefo no Ordena1n03'~ y mandamos, qué en quan· DeN'd()~ huviere puef.l:o alguna dilaroria;y que to -al primer fe haga romo el ~ino lo pide; el termirto otdinario fea treinta diasj y la pena quede al arbitrio de nueflia Cor- y no fe púeda prt>rrogar mas que por te , ji fuere la omifsion rulpable~ i ¡: · ·,¡i otros diez dias por teíl:itucion) ni. de, En ']ilantv alfog/mdo capitulo;fa haga _~á manera , y fi}Ue [obre denegacibn como el ~ino lo pi4e l con que ll'l prorro– ·µctérmino, n~ tenga grado el fubfii- ,gacian jfi el cafo fuer.e hit& gra'l7e ,Y de ~~tó Fifcal , qua todo lo dicho fe tri.._ muchos artículos, pueda fer de 1Jeinte días: tienda tambi~n con la p~tte acufante; y Ji J los dic_bos Alcaldd pareciere abré- !ioríl Íta <ion ~l f ifc,~li> fep~rª~_!Ilct~. 'l1_~"!: (o! termin~s, lo puedan hacer , confi~ _ · - · dera .. ·

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