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~1t8 Lib. l, Tit. X. Delos Alcaldes Ordi11arios, R~gictores de iosL'...~ares feñalare:pu~ t:1 rexa;; y bdrillo de fuelo, y de af– fienro, y no ufen de otra medida,. y ·en quanr-0-al concurrir el Alcalde, fea tan fo lamente en los Lugares donde tienen voto de govicmo. Irem, que no ufen de un marco, para ma·s de catorce mil ladrillos , y :que defpues lo refieran , fi efi-a ga4b.– do. mas ·qm un canto de real de a ocho, dexe aquel, y Ueve otro nuevo, y que no fe haga marco que faque dos piezas de una vez : porque nO fe puede hacer el ladrillo tan bueno, fiendo de dos como de uno,º Item , que los TeX'eros efren obli– gados a romper la tierra ~1 princip·ro del Invierno, para gaílada el Vetano :fi guiénre. - . · Item , que los dichos T exe'ros ufen dé un yerro , que fe dice pilavierh;a; que es. fu figura a mndo de una hoz dcfegar,para que cori dl:e inihum;en– ro corre11 el lodo en la pila ,· i,oi't]_tle no ufan_do deíl:e infirumento,no pue– de falir buena cibra. Item·, que no· puedan los dichos Tettros vender· 1adrillb mal toddb, ni tuerto·., que fi huviere alguna tier– ra , q_ue fe embebe demafiado en la era '. antes de quemarfe, le de aque– Jlo mas al marco el T cxero que hicie– re la obra a conocimiento ·de buenos Artífices. l~ein _, que el Alt:1lde, y Regido– res de los Pueblos donde huviere Te– x~rias ) hagan fus vi(ir_as ; durante fu arro , y reconozcan los ladrillos .) y rexas que huviere , con ahiiíl:encia de los Oficiales que les pareciere,que en– tienden la dicha 6bra, y no hallando, la q1:1e efl:i hecha' c~nfurme r los'p rt– ccdentes capirnlos,condenen ·a lo'sTe– xeros , en las penas que_ les pareciere; merecen fc.r cond'enados '·confbr.tne a fo o~r.a que hallaren defeltuofa. Pot lo qua-1 fuplicamos i ·vueíl:ra Maget: tad , l-o mande proveer afsi por Le'y. A efio 'lJos refpondemos, que el (j(egi- Defrho. miento·defla Ciudad 'lJea las ordenanzas antiguas ,Y eflos capitulos, y m lo que -to- ca d el, la de la orden·, que fe haga la me.. jor obra de ladrillo, y texa, que fer pu- dieffe ,t.J haga las 'vi/itas de los moldes ,Y. aparejos,y obra que fe hiciere, que fuere neceffario ; y en los ckmds Pueblos, donde hu"Piere Texerias, los Alcaldes ,Y {R__egi.... dores hagan la mif ma diligencia fegun l"- c4/idad :de tierra , y difpQjicion ,y comudi.. dad que1m'Viere. L E Y XXXII. A 'Q_ U E TA S S A , Y PCJZE.ClO fe hayan de 've'nder las mercad-urias :, y de la jurifdicion ·de los Alcaldes :, y ~¡)dores /obre Oficiales, y · otras cifas. · D ON PHELIPE , por la gra- Pamp!o;J, cia de Dios :, Rey de Caíl:i- na Pro. lla, de Navarra,dc: Aragon., ()iflion 2. de la1 de Lean , ·de Toledo , de Cortes Valcnda, de Galitia, de Mallorca, de thl alí() Menorca, de Sevílla, de Cerdcña, de !., 6 2 8 • .s emptr-Pi Cotclova, de Corcega, de Murcia, de ral. Jaen, de los Algarvcs de Algecira, de Gibraltar, de las Indias Orientales, y Occidentales, Archiduque de Auíl:riaji Duque de Borgoña, de Bravante , Y, de Mil.in , Conde de FL1ndes , de Ti- rol, y de Barcelona, Señor de Vizca- ya, y de Malina, &c. A quantos las prefentes veran , e 01ran , falud , y gracia ; hacemos fabcr: que los tres Efl:ados deíl:e nucíl:ro Reino de Na- varra, t¡ue eHan juntos , y-tongrega.. dos en Cortes Generales en eíl:a nucf- tra Ciudad de Pamplona, por rr:ian- dado nudl:ro , y en nuef.ho nombrej por el Iluíl:re bon ~eri:iardino Gort:-- zalez de Abellaheda , Conde de Caf- trillo;

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