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470 Lib. t. Tit VIII. De los que fon Naturales, &t. '(Q_ue el -nueflro 'Virrey 'efla continuando -las mayores i-nft.mcias ·1;n- la mejor direc– ,cion que refiere el pedimEnto, y ,no affar a -hajla ·que-qztede:el ~ino con fatisjacion) en dl:a refp~dta, :Seña~ ' vemoscon– tiriuadas fas honras ·que recibirüos de la grafl.deza de \rueiha Magellad, pues permite que no ·ceífeh las iníl:an– cias de fu lluíl:te Viífoo...Rey:, haíl:a que quedemos con fatisf.acion ·: y ef– tamos tambien feguros de -que el Vir– rey lo ·e-xecucad. aisi, ·por fer en mace- . ria de hueíl:ra mayor conveniencia; pero porque demas. ·de ella' 'y de la merced, que efperamos recibir en el efeél:o de las que f olicitan1os parar nueíl:tos Naturales en aquella Uni– verfid ad ) y Colegio , ·como lo mas precifo a nudha obligacion' y aten– cion, es , infiíl:ir en el reparo de las quiebras de nudl:ras Leyes, no con– figuiendofe las que padecen en el ta– fo del pedimento de efl:a replica; pre– cifo es bolvet a la futna demencia de, vueiha Magefrad:, inGil:iendo en lo miGno por las razones que _hos afsif– ten ya referidas : y porque fin embar– go de que la materia de eíra quiebr~ es en los Reinos de Caíl:illa ; en ellos, con nudha dithofa incorporacion quedamos con tal aptitud, e igualdad con los mifi11os naturales ¿e ellos pa– ra codo lo que goza~ que haviendofe contravenido a eíl:a aptitud en el cafo ~l Colegio. de Santa Cruz de Valla– dolid , vuefira Mageíl:ad por la Ley fexta de las Corees del año de mil feif:... cientos quarenta y cinco., que es la que padece efia. quiebra, haviendofe pidido por reparo , lo que el pedi– lniento de ella concie11e; y concedido– nos en fu decreto,fue vueíl:ra Mage(– tad fervido j aña.diendonos favores a favores , de n1andar, que lo hecho tn el c,fo que aqttel contiene j no fe Uaiga e1t confequencia , 1ti nos pare, 1ti pueda patar perjuicio tilgimo. 'Y de111a s dd1o:, fe 'íir~ vio de ·cohcedethos la 'Ccdub Real, qued ·pedirniento -expreífa, y fitndo efro a[si, y que todo lo obrado en la dicha ·exclu·fion de nueílros Natura– les de la fuerce ·de Rector de dicho Colegio ·mayor ·de Alc;ila, y [u Uni .. verfidad es dexandblos J1b apcin~d al– guna para -ello ., 'como lb tenembs, re– ptcfentado :en el pedüniehto, viene a fer tn quiébn, 'de la ·dicha Ley, y afsi fuplicamos a vüeíl:ra MageHad, que el amor :, y zelo a fu mayor fervicio, con ·que efl:a ·obrando nuefira ·aten– cion, inerezcan 'de fu Real clemencia d reparo de ella:, 'como lo tenemos fuplicado , q~e en ello , &c. A eflo 'lJos refponde>nos, que el mi Vir– rey profigue las diligencias, fin perder tiert!Pº en orden ·4 lo que contiene el pedi.,.. me12to. A la &gunda r~piica del reparo de agravio de la exclufion de nudl:ros Naturales de las fuertes de Relror del Colegio Mayor de San Ildephonfo de Alcala } fe nos ha refpohdidó ~ que tl _ Iluflre rvuejlro Virro projigµe las dili.zen~ cias fin perder tiempo, en orden ·a lo qut contiene el ped!mento. Y porque no fe nos concede d reparo de agravio que fuplican10s por efta refpudhl _, antes bien parece fe al}tntnta ,. ton que el Iluihe vuefl:ro Virrey profigue las di– ligendas con vueíha Mqgdhd con– forme a las refpucfias primeras,es prc– cifo tecurrir ~ los Reáles pies de vuef– rra Mageíl:ad; y teprefcnrar q~e con– forme a la Ley I o. lib. i. de. 2,. de la Recopilacion de los Sindicas, nos tic. he ofrecido vudl:ra Magdbd, que los reparos de agr_avio, que recibiere elle Reino, fe hayjrt de reparar eh el., fin que luyj necdsidad de recurrir a la Petfona Real de vueíl:ra Magefl:ad , pues el Ilufhe vueiho Viífo-Rey tie– ne poderes batbntes para reparat qua~ lcG Decreto~· Tener~ Repiict1.t

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