BCC00R51-7-10_0000000000000000410

y cofas tocantes a ella. cho Reino falud-,_y- gracia. Stpade~: que Nos mandl 1 mos dar, e dimos Ür1a nudha d1rta ~ ·y urti ó.udl:ra fo– brecarra della~ fir-nüdá_ de mi el Rey, ·& fdb.d:i con nuefl:ro f dló ;· fe-cha en eíb _gu.ifa. I : DOn Carlo~ , &c. A vos el Conde de Miranda, nudl:ró Viíf o-Rey , y Ca t1ira·n Gerteral 'dd dicho Reinó de Nava~·ra, y á qüalefquieres otros nu– 'dhos Capitanes Gene'rales; y parricú– Jares, y gente de nue~ro Exercjco , e Guarda dd dicho Reino ; · Maeíl:re de 'Campo, Alguaciles, e Apofonca– dores de la dkh~ geJite de Guér~á , y a los fieles J y bieri amado~ núeíl:ros, Alc~ldes, Regidores,~ Juilkia~~-.AJ.:. ruirante:S ; Bailes ; Prebofl:es , e l'CGi– nos de la ri.uefira Ciudad de _Parriplo– na ) e de qtlalef quiere otras qüidade,s, VHlas, y Lugares del dicho Reino, fa. lud, y grada~ Sepades, que por pa~– re de los eres EH::ados del dichd nud– rro Reino , que por mandado , y lla- 111.11nienco riuefrro dtan juricos, en– tendiendo en Cortes en la tiudl:ra Oiu dad de P~tnploúa, ha fido Ére-f<:ncadq ante Nos una prdvifsiori j firmada de vos el Conde de Miránd.t, nudho Viífo-Rey, y Capitari Gem:r.al del di– cho Reino , e fqllada con el Selld de nudh-a Chandlld-ia, -e lib¡ada de los dtl nudtro CortCejci del dicho -R~hio,; fu tenor de la-ql}al es eil:e que fe fi- gue. .. Don Carlos,,&c. -Al iriclit0 Conde. de Miranda,nudh0 Viífo~Rey,y Lu~ gar -Tlwaimic-e,y Capitttri General del nuel1r0 Reinci cd~ NaMárra..,-e: a q.ua: l-d:. quiere orrosnüdlros Ca1piran.es,y ge-n te <le nudtro Eicrciw, y Gtiard~ del dicho nuefiro Rei11b , y a los fi~es y bien amados fl:Uéiffo,s los Alcaides, Jufüdas , .Al.rr1irante1, , Preboílcs , é iai!cs, Jl,jrados, e Reg_idores , e ve– ci,o-0s de la nud\ta. Ciudad de Pa.in-- piona, e 'd_e todas_ !as .ciudade·s , Vi... ~Las, y Lugares detl:e. nudho Reino1 falud con diieccion. Facemos vos [a 4 ber ; que por parce de los eres Ellados dél qicho Rc:irto de N:ivárra, que por , nueí\ro man~do dHn juncos, ent~n~ diendo en las Cortes Generales en db nLieH:p Ciuclad de Pamplona, ~os hl fido fecha relición' que' eri.cr.e otras éofos de agrivicis, fobre que: han re- . corrido a Nos, fe hace mudió perjui– cio a los vecinos ' e moradores de efte dicho Reino ~ diciendo , que ;defpues que vos r~Gd1s eri. d dicho ·cn-go de ntldl:r6 Viíf o-Rcy, :y Capi;an -G~rre– ral en el dicho ritidho Reino, la gen- . te de Guerra que en el efl:a 1 le_s hi he– cho; e facé muchos agravios: &.om1n– doles los báftimeritos que éiénen) y apremiandolo1 a traerlos -dé otras par ces a fus coflas , para que ellos los co– rriarl por fu propda, y príyada. auto– ridad; hadeodofc cad .1 urio Je dlos abfoluto Señor de los fubdiios nuef- , rros, maltratandoies én fus p~r.Cona'i, y bienes ; G á.[si nó 16 hacen , e cuttr-– plcn:a. cuya e;ui[:i han acaecido_ muer~ ces, herida5 , violenci.1s HY daños. Lo qüal e) en,grande 1:efervici? nudl:ro, y coral perdicion , .y d,too d~ núdhm dichos fubdiros } y defolárhie1-1to del diaho n-ddho ·:Reino~- E nos fuplid. ..2 rorl, que mandaífemo~j que ningun Pueblo ¿¿ cité Reirió, ni:perfoiiá. ¡;ar_: t-icu-lar del; fean apremiados, ni corri– peqdoo a dar a la cticha gdite de Guer ta de comer, betler, ni 6nas cofas, fino pagandolcs a los precios que co– rriumnente fe venden a los úttos. y l~s bafl:imentos que artfi ha.n coma-' do, mandaífemos pagar , y caíl:igar los culpados, o coni.o la ntielha mer– ced fueífe'. Nos otda, V encendida fo. ' ' dicha peticiori , y fu plicadon ; pot fer ~q11dla jufta, eón ac4_crdo, y de– Íibcracion dd nudho Con(tjo ~eal · huv1:--

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz