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y cofas tocantes a ella. 337 loo apofentos de la gente de Guerra de una Compania de Infantería de trecientos hombres·, y para ·ellos h:1ya de dar ciento y ochenta y feis camas, entrando en ellas bs ·del Capirarr, Alfe– rez, Sargento , Artilleros , Capellan, y todos los otros Oficiales: y que las dichas tres poffa:das de Capitah, y Sar– gento fem de alguna ventaja h1a~ pa- 1 a que lean bien apofencados , con– forme d fu calidad. Lo tercero , que por quanto los Virreyes que ha havido antes de ago– ra, en eípecial d Marques de Coma~ res, el Duque de Nlgera , el Conde de Miranda , y el Marques de Cañe– te han n1c1ndJdo guardar los dichos privilegios , y aísienros de pag-1r las poífadas cada UJ?.O en fu tiempo , y han dado para ello fus proviísrones ; y las -han hecho pregonar publicameme, y fe han hecho algunas adveriguaciohes fobre lo que fe debia, y fe havia de pagar : y fe debert de lo tezagado a la dicha Ciudad Veinte y cinco mil du~ cadas, poco mas, 6 menos; que por tanto por taufu de dl:e afsiento la Ciud;id remite a fu Magefbd Real , todo lo que fe debe de rezagado. lo quarto, que hallandoíe quien de fu voluntad quiera recibir los dichos huefpedes en poíladas cornadas de Sol– dados, no fea apremiado ningun ve– cino, ni habitJnte a recibir los dichos huefpedes ~ au?que fea pagando: _ Lo qumto , poniué con íenalarfe buena paga fe ofiieced mejor , quien .de fu voluntad reciba los huefpedes en L. dicha Ciudad , fe feiiala por paga, y falario de cJda cJma parj, dos Sol– dados nueve reales por cada mes , y !e P,aguen _ect tercios por el Regimien• to a los dichos hofpedadores : y que eíl:a paga , y falario corra , para quien da el apoíemo , 110 folamente en pre.. fertcia del apofencado , pero tarnbien aunque h:1g,1 algunas auíencias , y no teGd1ere continuJmence en b po[faJa: porque con eíb gananciJ Cedn me– jor ·acogidos, y tratJdos los Soldados, quandó elluvieren prdenres. Lo fexto, que no hJ!landofe inchi. 'miento de poíladas voluntarias p:wi 'todo el dicho numero, que de las que falráren , el Regimiento de la dicha Ciudad a fola"s 11n concurfo ·del apo– fenrador de fo Mageíl:ad:, haya de fe. iiabr hafia el numero de fe(enca ca.:. mas , y fus poffadJs : y que fi mas fJldren de eíl:as' fe hJgJ el fenalJmien .. to de ellas por d Regimiento, y por .el apofenrador del Reino. . . Lo fepcimo, que las camas fean ca. da una de un jergon de pajJ , y un colchan de lana, dos fabanas , y una craveíer.1 , y dos mantas ; y para la .mela ' (e den a Jo~ hofpcxfados man– teles , jarro , h<:>lla , mefa ., afsiemos , y candil ( o candelero) y que todo ello fea bueno , guardándolo por cuenta. . Lo oétavo , que al fuego que los hofpecLldores volumarios tuvieren para sí, o quiGeren tener , les guiíen la ha– lla, ó el comer a fo los los hof peda.. dos en aquella poífada' y no a otros, por los dichos hueve reales. Lo noveno, que no hal!ati.dofe pof– fadas volunrarias ; que en las que fe huvieren de . bufcar para el dicho in– chimiento, G el hofpedador ho qui~ Gere gu'iíar la holfa , o el comer 1 al fuego que para si tuviere , 6 quifiere tener : en tal cafu fe dén quatro rea-– les a cada dos Sold.1dos., pafa que gui– -fen fus coh1idas; y ert eíl:e cafo los di– chos Soldados, {i quiGeren tJmbien los cinco reales qué quedan por precio de la cama, fe los hayan de pagar, para que bufquert po{fada; y el hofpeda.dor quede libre de los dichos huefpedes: pero que en poífadas voluntJ1i1s el hofpedJdor lleve nueve re~les entera.¡ menee j conio efra dichoi Ló

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