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~4 Lib. l. Tit. l. Del Rey, y fu Coronamiento. han ufrocido : y afsi dU prdlo d R.eino ,de cumplir lo que ha ofreci– -d o ~on mucho contento ~ y ale– gria. Y luego el dicho Señor Viíf o– Rey mando al dicho Protonotario leer el poder de fu Magefiad, que es como le figue. Don Phelipe por la gracia de Dios, Rey .Je Caltilla , de Navarra , de Lean , de Aragon , de las dos Sici– lias, de Hierufalen, de Porrugal, de ' Granada , de Toledo , de Valencia, de Galicia , de Mallorcas , de Sevi– lla , de" Cerdeña , de Cordova , de Corceja, de Murcia, de Jaen, de los Algarves , de Algecira, de Gi– braltar , de las Islas de Canaria , de las Indias Oriental~ , y Ocidenta– les , Islas , y tierras firmes del mar Occeano , .Archiduque de Aufuia, . Duque de Borgoña, de Bravante,y l/ de Milan , Conde de Ahfpurg, de Flandes, y de Tirol, de Barcelona, $eñorde Vizcaya, y d~ Molina &c. Don Francifco Hunado de Mendo– za , Marques de Almazan , Parien– te , del midho Confojo de Eftado, y nuefrro Viífo-Rey , y Capitan Ge– neral del Reino de Navarra : Ya fa_ beis €orno ha viendo fall~fcido el Se– renifsimo Principe Don Di<:go mi . Hijo , que dta en Gloria el mes de Noviembre del año paífado <lemil y quinientos y ochenta y dos ; fucedio en fu lugar el Serenifsimo Principe Don Phelipe mi muy caro, y muy· amado Hijo : ha de fer jurado en ef– fe Reino , fegun, y por la forma , ']_Ue los Principes Primogenitos he... rederos fe deben , y acofl:umhran jurar. Y Otr® fi , ya faheis , COn1O Nos , por una nudha carta , y pro– vifsion, firmada de mi mano, fe– liada con nudl:ro Sello , dada eh Vi– rafar a ocho de Deciembre del año afumifmo paífa4o de mil y quinitn"'." tes y ochenta y cinto , os dimos ~ der cumplido, 11:ua '1,ue en nueitro nombre llamaífedes a Cort<;s de los años paífados de mil y quinientos y ochenta y quatro , y quinientos y ochenta y cinco., y deil:e p'refente de quinientos y cchenta y fcis a los tres Eft:ados EclefiaHico, Militar, y Uni;– verfidades ddl:e dicho Reino , por la orden, y parad lugar, y fegun, y de la manera que fe acofiumbra alla mar , y para el tiempo que os pare– ciere , fegun que efl:o, y otras cofas mas largamente en la dicha nuefha Carta, y provifsion ( a que nos refe– rimos ) fe contiene ; en la qual no fe hizo mencion del dicho juramen– to. Y como quiera que yo he defea– do , poder ir a viíitar a eífe Reino, y llevar conmigo al dicho Serenifsi– mo Principe ; vill:o , que mis gran– ~es ocupaci~es no han dado lugar a ello, acoroarnos; que en las dichas Cones fe hicidfe , y ptefl:aífe como (e ha hecho, y prdlado por los otros nudhos Reinos de Efpaña. Y os embiamos a mandar, que afsi como llamaíf e<les a los dichos tres Efudos para las dichas Cortes , los llamaíf e– des tambien , para que hicieif en, y preftaífen en ellas el dicho Juramen,.. to. Y en virtud del dicho ,poder> convoca1l:es las dichas Cortes , y fe celebran al prefente en la Ciudad de Pamplona. Y los dichos tres Ef– ta.dos , que en ellas dl:an juntos, nos han fuplicado, que atento, que el dicho Serenifsimo Principe es me– nor de catorce año~, y conviene le nombremos Tutor~ o Tutores, que hagan, y acepten el Juramento,que fe ha de hacer confurme al Fuero, y cofiumbre de dfe dicho Reino , (egun , y .<le la manera , que fe ha ~arda<lo en otros Juramentos, y ~Jc~cµdes de Principes , que en dfe

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