BCC00R51-7-10_0000000000000000410

y de_fu Viffo-Rey; y Lugar-Theniente: 21 En la~ Ciudad de Pamplona a. veinte y ocho dias del mes de Mar– zo de mil y quinientos y ochenta y !eis años : ante los Señores de los tres Eíhdos deíl:e Reino de Na'1/ar– ra, eH:ando juntos, y congregados en fu lugar acoíl:umbrado , enten– diendo en Cortes Generales por mandado de fu Mageíl:ad , fue pro– pucíl:o ante fu Señoria, fe trataífe, íi havia de fer jurado en fu aufencia el Serenifsimo Príncipe Don Phelipe, l1ijo Primogenito del Rey Don Phe– lipe nue!l:ro -Señor: y haviendo fo– bre ello platicado largamente , ·aten– Jido , que fu Mageil:ad eil:aba can– fado , y fatigado de la larga jorna– da, que la Corona de Aragon, con fus tres Reinos le han caufado necef.. íidad a tornarfe a la Villa de Ma– !drid , donde tiene fu Real Corte , y ,continua rdidencia, para defde alli proveer , y defpachar todos los ne– gocios de todos fus Reinos , y Pro– vincias , que eitan repreífados por las largas Cortes de Monzon: y tam– bien por el fuerte Invierno , que ha hecho ., no le ha íido pofsible venir a ver _, y vifitar a efie Reino, como lo defeaba ; y traher configo al Sere– nifsimo Principe fu Hijo, cuyos años [on t:in tiernos ( por fu poca edad) que {i viniera con el, fe aven– turara la folud de entrambos : y afsi por eíl:o _, como porque el p~dir, que el dicho juramento fe hicieífe en aufencia , era feñal , y demo!l:ra– cion de mas confianza , y amor; por todas eíl:as caufas juilas _, y- otras, que a ello movían fus animas _, en conformidad acordaron , y ordena– ron , que por eíl:a vez fe le hicieífe eíl:e íervicio a fu Mageíl:ad , en ju– rar en au[encia al Serenifsimo Prín– cipe nueího Señor , con que ( en te– niendo fu Alteza edad ., y difpoíi- Tom. I. de la ~cop. cion para ello) fe firva de hacer mer– ced a e!l:e Reino, de venir ael per– fonalmente, y vifitalle : y hacer de nuevo por fu perfona el mifmo Ju– ramento , en confirmacion del que agora fe hara. y con que el hacer eíl:e juramento en aufencia, no fea perjudiciable al Reino , ni fe pueda traher, ni traiga en confequencia. Y, para que coníl:e de todo ello a los tiempos por venir , lo mandaron aífentar por auto a mi el dicho prefenre Secretario , eíl:ando pre– fentes por te!l:igos los Licenciados Pedro de Sada, y Doél:or Murillo, Síndicos del Reino. Miguel de Az– pilqueta _, Secretario. Y afsi bien 7 · viil:o por los dichos tres Efiados el poder de fu Mageíl:ad, que el dicho Señor Viífo-Rey havia embiado, en razon del dicho Juramento al dicho Reino _, y que aquel no cíl:aba baf-. tante _, ni cumplido como convenía para el dicho efell:o ; en conformi– dad, acordaron, que fueffen los Di– putados, y Sindicas del dicho Rei– no, a lignificar al dicho Señor Viífo_, Rey la falta, y defel1o del dicho po– der, para que le traiga cumplido,; como convinieífe a la íatisfacion del Reino : y el dicho Señor Viffo-Rer viíl:o el dicho voder , y la relacion, que los dichos Djputados, y Sindi– cas havian hecho acerca dello: hizo juntar los papeles, y juramentosan– tiguos de las juras , que fe havian hecho a los Príncipes paffados defie Reino ; y viíl:o aquellos , el dicho, Señor Viífo-Rey ofrecio al dicho Reino , fuplicaria a fu Mageíl:ad, mandaífe embiar fu Real Poder por la mifma orden, para que fe .hicieffc la dicha Jura_, viíl:o , que el dicho poder no venia como convenia~ Y en cumplimient? dello, por el dicho Señor Yiífo-Rcy, y los dichos tres F Efca..

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz