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ptiplona Año de l 6 I 7• 1 Le)' 36. 144· Lib.I.TitIII.DeL1sLeyes delReino deNaY~ LE Y xxnt f2YE NO SE INTITULE ~– copiLacio.n el libra que hizo de lM Le– Jes el Licenci.i.J<J Ar~endariz) ni fe ju~ue por el dtbaxa de cier- tM prnas, P Orla Ley 51. año 1569. que es la _Ley 9. lib. 1. cit. 3. de la Recopilacion)efia difpm:f– to , que las Leyes , y ord~– nantas d_c tfEe Reino no fe impri– n1an ) ni ltlandcn imprimir fino es a pedimicnto de los ere$ Ei1:ados, 'Y Reino, o_ Síndicos del. Y que efec– tuada la tal imprefsiort·, quando los Síndicos la pidieren , y taífada la o– bra por vudha Magefrad, o vuefcro Viífo-R ey , y los dd vuefcro Con.fe- . jo en fu Real nombre, que las Ciu– dades, Buenas Villas , Valles, y Lu– garns donde huviece Alcalde ; hayan de tomar lo que afs.i fe imprimiere, por lo que fuere taífado , para mejor govierno fuyo , y obfervancia de las tales Leyes. Y ha fucedido,que con~ traviniendo a la dicha Ley, ha hecho un libro el Licenciado Arméndariz,y ' ha impreífo muchos cuerpos del fin orden del dicho Reino, ni de fus Sin– dicas , llaman dolo Recopilacion · de las Leyes de Navarra, ya mas de fa dicha conrravencion , no meréce tal nombre: el dicho libro , porque fola– mentc contiene unos fumarios faca- l dos por fu parecer de las dichas Le- yes : y afsi los Diputados, y Síndicos deíl:e Reino acudieron por el reparo al Ilufire vueíl:ro Viífo-Rey , y por haver dado licencia el Confejo, que: fe imprimiera femejantc: libro , y de haver dado provi.lsion , para que to– dos los Lugares lo recibidfen, y fe mando que no tuvieífe el dicho libro tirulo de Recopilacion , fino de Re– porcorio , y f umario de las Leyes dd Reino , y an fi fe eme ndJffe eo".~clos fus libros; y eíl:o tampoco no feJ1a obfetvado ,. porque corren los iiptos con el titulo de Recopilacion. Y ul– rimamente; dtando eHc Reirio con– gregado en ltis prefen ces Cortc:s Ge~ nerales j ha afixado 1nuchos papc;)es impreífos el dicho Licenciado, por todos los lugares publicas ddt'\ Ciu– dad , dando en ellos titulo , y nom.. brandolo libro de las Leves de dl:o . , Reino, con na viniendo a lo que cfra · ordenado , y mandado. Y a n.,as de la razon que hai, de que fe guai-dc)a Ley que vuefira MageH:ad con tanto acuerdo nos ha. concedido , la hai tambicm muy grande de los inconve.. nientes que fe podrían feguir de ad– mitir fc:mejanre libro , pues con el tranfcurfo dd tiempo, y continu.1n"' dofe en cirar lo , vendria a fer Ley> lo que: al Licenciado Armendari~ le ?ª~ecio f~cabn de l~s Ley~ , y pues a mfcant1a del Remo , ha1 la R eco.. · piladon de fus Ley~ , a donde ~ .. teramente por fus tirulos, y libr()s ef.. can todas recogidas , ho puede fer de provecho alguno, fino de d~ño ~vi.. dente el libro del dicho Licepciq,rto,.; Por lo qual fuplicamos a vuefrra·I\'Ia... gefrad mande que el dicho libro 'rio fe pueda imprimir, ni vender. coa titulo de Recopilacion, fino rJn fe~ lamente de Reportorio , en pen~ de cien libras , aplicadas la mirad par4 el Fifco, y Camar:.1 de vudrra MageC. tad, y la otra n1itad p~ua el Denun1 dante , y de perdidos los tales libros, y que ninguna perfona tenga en fu poder el dicho libro ~on ciculo de Recopilacion en pena de perder. el tal libro, y de quince libras aplicadas en la forma fufodicha ; y a(si bien> que ningnn. Abogadolo 1ueda citar en fus infoquaciones, y_,nG fe juzg\ie por el. A
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