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12- . Lib. l. Tit. I. Del Rey, y fu Coronamiento: reccr , lo 9ue gener:11 particub1 men– te tcdre a eíle Reino' <JUe juílo, y r:-izonable fe:1 : y ofi-eciendofe la ida -del dicho SereniíTmo Príncipe a eífos Reynos por la ahcion ~ que os tiene, no ha quetido uklr de lo fobre dicho, fino ir en perfona a hacerlo' por da.– ros dl:c contentamiento , & el que d recebira : y el como' y quando Íe had' el rn:mdara avifar de ello a fu \ tie1npo. De Auguih, trece de Ju- nio mil quinientos ónquenta y uno. Yo EL REY. Porma.ndadodcfuMa– gefbd. Francifco de Eraílo. A los Ru1){rt11dos , llujlres, No– bles, Mag,nificos , fieles, y. bien ama– dos de Ju Magejlad , y nurjlros fo¡ Prelados, Ca'7Jal!eros , Gtntiles Hom– bres, Uni<i·erjidades de los tres E/la– dos del Reino de Narvarra. EL PRINCIPE. Reverendos, Iluf-. tres, Nobles, M:ignificos , Fieles, y bien amJdos : Por las carras,. que el I)uque de Maqueda, Viífo-Rey , y CJpiran General del Emper:1dor mi Señor en dfe Reino me ha efcripto, Jffi qu.1ndo dbba en Altrnania, co– n10 defpues, he entendido b volun– tad, & arnc,r con que os refolvifieis en IJs Cones ultimas , que aí fe tu– vieron por fu Magefiad, de q_uerer– me jur.1r en :mfencia. Lo qual tuve entonces en mucho , & ~gor;.1 lo ef– timo en lo que es rnon , y os lo agrJdezco como cofa de r;in gran de– n1oi1rJcion de b iingubr :ibcion, que ine( teneis: pero quanro ~fia ha fido, & e; mayor , tanto mas quiero yo, daros a conocer , con qu:mra razon lo haceis, por la n1ucha voluntad , que yo tengo a todo effe Reino en general , & en panicular ; y por lo 9ue defeo favorecerle, y hacerle mer– ced. Y affi no he querido uGr ddle vueílro ofi ecin;iemo, fino ir yo mif– mo en Perfona a eífe Reíno , a ve~ ros, y concceros : y que en prefen..: ciJ enrend;iis el cuyd;:ido, que tengo, y he de tener Gempre de vueíl:ro bien. Y affi placiendo a Dios, me hallaré en el al tiempo, que el dicho Viífo– Rey os c!ira, o efcrivira, par,1 fer jn– rado en la parte' que del entende– rets. Y o os 1 uego , y encargo mu- . cho, que le deis fé, y cteencia co– mo a mi propia Perfona , y que os junteis en el lugar , que él os íeria– lare en mi nombre al tiempo ' que os dira; que yo fere en ·el par.1 en– tonces' y olg:ire mucho de hallaros allí. Y porque sé con la voluntJd > q\Je verneis a ello' no quiero encár– garoslo mas. De Iguabqa a quatro de Agoíl:o mil y quinientos cinquen– ta Y: un anos. . Yo EL P:RINCIPE;. Gonzalo Perez, Secretario. Y leídas las dichas cartas , defpúes de haver platicado lo que fe clebi,a hacer, acerca lo contenido en elbs : los dichos tres Eíl:ados rn conformi"" dad nemi_ne difcr.epa11te; viíl:o , e en– tendido, que fo Mageíl:ad era de ello · íervido, & el conténrirniento , que por fu carta daba, para que el Sereni(– Ílmo Don Phelipe 11uefiro Senor fu Hijo fodle jur::ido , cerno el dicho Reino lo h~via ofrecido : acordaron, que la die ha jura fe hicidfe luego, y para ello íe. tornaffrn a juntar l2s ve, ces, que fudfen mcnefier, y que ju. raíTen d fu Alteza por Prir.cipe Na– tural del dicho Reino de NJvarr:1) y para de(pue~ de los largos, y bier.. ~wemurado!; días de fu M;igefiad, por Rey , y Señor Natural dél. Para cumplimiento, & ek,&1::icicn de lo qual Miercoles a los d1ez y nueve días del dicho rr.es . de Agcfio del dicho prefente ano , fu Alteza em1 o en la dich:.1 Ciudad ce T udeb deb::ixo de un Palio de broca2o con goteras de terciopelo G!Iffcfi, tcrd:.1d~s Ce <:·r© (el

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