BCC00R51-7-10_0000000000000000410

~44 Li1). l. Tit. II. DelReit10:de Nav. fus limit. &c. yes-, y c¡ue fe obfetveh , y guarden in– vi-obblememe, íegun iu fer, y te~or: -que afsi lo efperamos de b. Real ~He- -n1encia de vueíha Mogeíl:ad) q_ue en dio, &~. 7Jecr~1g. Á ejlo refpondemos, '!_Ue damos p(Jf" -n11las las Gttfu!as txpreffa~as 'en -ejf e '!t-- · -Jimento > lo en fu ·q;frtud obrad6, y tjtit : 110 fa traiga t'n C{}1flf e11uenci4 ; ni páre ' perjuicio á los F11eros-, y L'eyes ·de efle Reino; y que eflos Je obferrvm> y guar-- . den > fegun fu fer, y tenor ; y daré.. mos orden á los·Guardar, falgan Je/ dif- · trito , y trtrritorio die el , y etl-cari.i– rémos al Iluftre nue{lro Viffe-Rty , nos informe Je !M cviokncias , y <ZJ-ejacfo.. nes que hu'Viiren piadeúdo los Natura– les de Ü; ~~ ctlnflandcnv:r de IIIM, tomémos ef remedio, J. pYDrvidéncid ffldS pronta para fa fatisfacio,,.. L E Y LXIV. EL PATt.UMONIAL DE ESTE REI .. no tiberigue de11tro d'e · dos nufar lo ,m de él efla ufarpado-. ~~g•effe.d" Lós terminas de los toofincs t:r-1 no e 1 r 6 1 • deíl:c Reino los van dé <a- Frov,fion .~ . da dia ufurpando , Yj los fron- l9· · taleros efpccialmente. b . .de ALrva por la parte de la fierra dt An– d-ia ·, y los Bak:os pot u p;11 te de los terminós de Ciífa., y Baigorri ·: Súpli- --carµos a vueíha Magdl:ad , mande que d Patrimoni,11 Real que es , 6 foere aldelante· haya de· tener cuidado parti– cular, de hacer las diligenciis que ton– vienen, y que k dé orden qual con– venga de menera que los confines d1en ciertos, y fdialados : y que no fe ufurpe ) y lo uforpadoJe cobre. ,ordenamos' y mdndamos , que nu– Decre!º· eflro Pairimonial J1.eal defle R,eino, que. u, o fuere aldelante, tmga partitU• lar cuidado de lo fJJe el ¡.eitJo pide por el dicha Capitulo : y que adtvierta , y pida ante el nueflro Vtj{o-Rry , y Re– gente , y ·los del fltujlro Real Conf ejo difle Ref!IO; lo que para fu remedio con– rve1fga. E en qua nto á lo 'J_Ue al pre- fente hai qué remediar> y pro'Vur en lo cótlttnído en el dicho Capitulo: manda– mos > que dentrfJ de dos mefu defptJes -de la public.acion defla nuejlra Rt4l Pr{}evifsion nue.ftro Patrimonial .p.eal -cumpla con lo fu{odicho. ,.. .1:-,o mifruo fe. p_roveyo e.? ~frell~, ~''"· !lnO -1 5 6 7. ProVJfsion 7. anad1c:ndo, · <].~C · It3 milino fe hicidfe en los eón- . fint:s. de ..eture l3aztan , y Labore. LE Y LXV. ~ LOS NATURALES PUEDAN def mdtt' los limites, y terminos de . tfle 11.eino fin que por ello faan p_reffes > ni cafligados. L As .:Villas de la tierra~ y Va~ lle de. Valderro , Baztan , y Aezcoa, y Válcarlos tienen fus terminos que confinan ron los montes de Alduiqe ; donde le hace divifsion ddl:e Reino al de Fran– cia, &arne , y Vafcos : y han teni– do, y tienen fu gozamiemo con fus ganados , granados > y menudos, puer– ros hafra ros mojones de la. dICha .divifsioh : y por fer como fon mon– tan as, la principal grangeria -que tie- · nen para fu fuíl:enramienco > y vivien.. da , es el traro de los dichos ganados, (}Uf fin el no poorian VÍVÍr. Y no te• niendo , ni j,odiendo ten~r gozo , ni' aprovechamiento alguno los Vafcos, ni Bcarnefes en los dichos montes mas addante de los mojones ~ y diviísion deíl:e Reino , íe han atrevido los de Baiguer, y tierra de Ciífa a entr;ir con fus ganados granados , menudos , y puercos en los dichos montes de Aldui- . de, 9'aptm.; Año de 1r8e L1J2.7.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz