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1 36 Lib.l. Tit.II. Del Reino de N av. f us Iirnit. &c. -va, y btras de mucha pre.heminen– cia, afsi por ello, como ·Por la gran– ·de ·fidelidad , y amor ·con que efl:e .Reino ha fervido, y firve a vudl:ra - Mag.es razon que vuefi:ra Mag.le ha– ga ·merced de:, mandado honrar, y fa:vorefcer en~- t9das ~~o·nes, .no: falo e,n obras, pero en palabras:, y ti– tul_os de fu Real rehotnbre.. X po~qu-e en las provifsiones,yCedulas que vie– .nen dirigidas - -a dle Reino, y tam"'" · bien en las que fo defpachan en el , fe anteponen , y prefieren a efie Reioo · algunos otros ., y lo mi[ mo fe hace eh _ los [dios> y cfcudos de las .Armas - Reales : en que fe hace perjuicio a la: autoridad de eíl:e Reino, y al ;;iumell· \ .to , y acrecentamiento d~l , f olo fe , defe.a , y pretende, para in~s forvido ; de vudlra Magefiad, y 4e fu Real: _Corona. Suplic:amos a vueilri Ma- í gdl:a.d a.tent-o eíl:o/e firv-a ~cer tner-. ced a dk fu Rejno., en mandar·, que ! ello fe enmiende, y. reforme~ y qut '. ·¿e aqui adelapte en qualefquier Ce'"'" : dulas , y Provif.sioncs Rea.,es, que vi.. ; nlereµ dirig~das a tlle Remp ,l ó fe dcfpachen en' el' fe ancepoµgil-,, y prefiera effe Reino ~ y · 10 · tniini-0 fe haga en los Sellos, y_ Efrud'os_.de las Armas Reales: que en ello elle Reino recibid. fin,guhtr favor,y merced. D,cnt1J. .A. lo qua! tejpondemos , que err lo que toca d las Pro"Oifsianes ~ttles -q,,.__e '"Pini,e.., 1'.fi de/pachadas fuer.a de efle .~ino ·para el ,felladas con el /ello dé nueflra Chan– cilleria de efl.e ~ino , que refide en nuef– tra rJ?.!al Corte, mandaremos a nucflros Secretarios, y OficirJ.!es, que tras el ~i,.– no de Cajlilla,fe ponga el de Na1Jarrr;: y en quanto d eflofa guarde en las pro"fJif-, fiones, que en efte fJ.<Jino fe defpachar·en' por nuejlro Yijfo~(J{ey, y Conjijo da fo mífmo como hafla -aqui fe hd. hecho. Y en; lo que toca a las Armas rJ{eales- defle ~i– na ,fa manda iue en los fallos ~y en las demas partes , do-nde fe 1nll7ierbz de po.., ner , dejpues de las_ Armas de Caflilli ,fa pongan en mejor lt,gar las de Navarra. l E Y LVIl. 'ff@.P ArJ?,p rDE AG~VIO S013~ que efle ~i110 _, y fas Arm,u fe p-0n– ga:n Je/pues del de e aflil![J en las Pró--Pifsi~nes ,Y Patentes, y en l4s Cotas , y .Armas ~alrs. S - Iendo como e,5 elle Reino de Plíplona .los tn:ils antiguos de Efpaña, y Año de . aun de· toda_la Chrifüandad,y l; \~· _ de ranr.a talidad , y Nobleza; torno es notorip, y que los Rey~ del, predeceífores de vueHra Magef-. -tad, han fidb fiernprc ungidos, 1 te-– .niqo eHa particular prerrogativa, y _Otrás de nmcha, preheroi11~1kia,, afsi _ por efio) cütto por la. gran pe fideli- dad,. y amo¡ <:on ·que eH:e Reino ha. fcrvi<lo, y firve µ vudha M:agdl:acl, es_uzon qtJe v1;efira M~gdfadk ha– g. merced d~ mandado Ecnra.t~ y fu..,. Vote-ccr en t-.0<)8-$ <x.aficties·, n.o folo _en- .obras l pcrq ea. pala bias, y tiw~ 4e _fu Real JehoQ:. bte, y porqt,¡re e-n las Cotas que llevan lbs Ma(:~ros, o Re– yes .de Armas, d dia que v-udl:ra Ma– gdlad > honrand,;mos, bito fu entra– ~fa publica en tila Ciudad de P~mplo na , en que dl:an dibujadas las Ar– mas de fus Rejoos ,. no fe_ vieron las de efie Reino , y lo tnif mo fe ha re– parado en los Reales dofelcs., fdlos, y .otros puefios, en que dB.1;1. las Armas · Reales de vueílra Mage.fl-~d, y de fos ·. Reinos., y en los pend_one-s ., y e{bn– . danes Reales; nbs ha crnfodo grande l no-ve~ad , de que ep ellos faltch las •~rmas de C~denas .,, que fon las de . eflc: Reino, lo qu-al es en mucho pct- jwcio de fu -autoridad 'y 1r.ayor bla– f on j y por dl:a. caufa los Señotes Re,. yes

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