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108 Lib~ I. Tit. II. Del Reino de Nav. fus limit. &c. Decret(J. Páp'ona Ano de 1 6 I 7• Ley r. vios reparados , y como fe ofrecio en la.s uldm-as Corres , que afsi fe baria. 0!e fe haga como el ~ino lo pide., y que hech{l la dicha nomina en ejle Reino, nuejlro Vijfo-(J{ey nos la embie con per– fona propria i:¡uefolicite, J nos acuerde el bre'pe Je/pacho delta. LE Y xxxxru. Q..UE LA 'NOMINA Si HAGA como lo di/ponen otras Le;es•. S. C. R. M. L. Os tres Eíl:ados <le dte R. eino de Navarr_a, ,que· d~amos juntos, y <;ongrega<losj. en– tendiendo· c:n Cortes Gene- • rales, por p.1an9ado de .vuefi~a Ma– gefiad, decimos : ~e cl1ando por dived~s Leyes , y reparos d~ agravios defie Reino difpudlo que la n~mina fe haya de hacer en. efie Rc:jno, y las libranzas, y afsignaciones. fe' hayan de dar a: ,ada uno ~~ntro de .ci_p,queI?,– ta dias, defpues de :haverfo 4i:~4o· ~l otorgamiehco; <;OJ;no fe colige.por La pericioJ1. 5 2.. del año de 3 1. y ~ª- Ley 3 2. • del año de 1 55 2. Ley 3 ~ µe~ .año , de 1 S 76. Ley 5. dd año de .1.589.' -Ley 2 •. del año· de 1 58 :3. y la L~y ~. · del año de 1 58 6. repetidas en la Ley 2 3. y 2 4. lib. 1 • ti_t. -2.. de ,las. Leyes, y reparos de agravios defl:~ Reino, cc5ntraviniendo a·ellos, con haverfe hecho el ultimo <?torgamiento cinco años ) y mas ha , fe ha dexado de tra– her la nomina, y no fe han dado las firuaciones, afsignaciones ., y libran– zas con quiebr~ <\e ,la-s dichas Leyes,y reparo~ ·de agravios,. y daño notorio .de rodo el Rein9. Para cuyo remedio fuplican10s a vueiha Mageíl:ad (en re paro de los dichos agravios ) mande, que fe cumpla cop latdjchas Lcyes.,y fe guarden inviolablemente : y que conforme a ellas fe defpache , y trai.. . ga lu~go la dicha nomina , que en · ello, &c. . A eflo 'lJos re/pandemos , que _fe haga Dureto¡ como el ~ino lo pide : y que nueflro Yif.. . fa~(f{Q, luego que je hizo el ultimo otor-,. ¡ gam[ento , nos embio la nomina e~ per...:.. : _jo~.expreffa, afolicitar fu defpadJo',y ·:,df(PUef hizo d_j[ig,erzcias 'lJi')Jas_ para. ello: .J . por.oc ~paci~n_es de l~s cofas 1,,ra'lJe.s que fe 1 ,~an ofrecido; 1 J~~ ~~~ hfi'lJi~o . lugar para '#jp(lcha,rla ,J,aJer el dich-0 -Pijfo-~ . hd buelto ha ,;acer nÚe1Jas injlancias , y )~s. có~tinúar~: !Jajla que c~n éfaEto fa cum,.pla lo que elf~íno pide. L E Y XXXXIV. : sorJ3~ L0 MISMO , r f!PE . fa haza. ¡lich4 n?.mma dentro ,del. ter... mino. feñalado_ p Qr las Leyes. S. C. R. M. L os tres Efbdos de efl:c Rei~ P:tploR.f , fi\, Año de no de N~varra,,.que e ªr 1 6 4 5· ·. ._ JUDt~, celebrando Cortes Ley 11~ Gener.a¡es en .eíl:a Ciudad . de Olite, dic~n: ~e~por la Ley 1·. de las Corees del año de: 1 6 1 7. y o- tras muchas, y reparos de agravios _que refiere, I dta difpueíl:o J que la nomina fe haya de hacer en efl:e R~i– no , y las libranzas ,, y afsignaciones fe hayan de dar a cada uno dentro de cinquenta ~ias , def pu~s de haverfe hecho el otorgamiento, y con ha– verfe hecho el de las Corres . del año de 1642.. al fin de las dichas Cortes, ni del de las Corres del año de 1644. . . ' fe han rraido la,s_nominas, ni fe han dado las fituaéiones, afsign~ciones, y libranzas con ha~er paífado no falo los dichos cinquenta dias fino ranto3 mefes, y años, ~n quiebra de la dicha Ley,

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