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toó Lib.. l. Tit. II. Del Reino,de Nav. ·fi.1s limit. &~ a vudtra Magdl:ad fea f ervido -<le nundarlo remediar , y en remedio ,ddlo provea) y mande, que confor– me ~'t L:i didiaLey fe paguen al Reino) o a (us DepofitJrios los mil y qui- . nx:nros ducados <lcl vinculo del otor– g:1miento ,, que hiciere ,del primer tercio de cada _año , de los que fe ' ob \ ororgJ.rcn , y e r.1.ren ~ y que no cumpliendo cun. dlo d Thdorero Gener;il, o fu Regente b Thefore– ria fe de execurorü dellos a los De- 1.1ofirarios nombrados por el Reino, que en ello recibiremos mucha mer~ ced. ~ t A eflo '})Os re/pandemos ) qP:t fa &iza- ~creo•. como el ~iuo lo pide~ Piiplona Aúo de 1 5 ::. 9. Petiáon 60. Or– denazas vu¡.;s.- D«rtto 1 E Y xxxvut LAS ~SE(J{yAS, t VINCULO _ que los tres Ejlados hicieren fe .g.uarden .. L os ttes Eíl:-ados acoíl:um... bran, quando hacen el fer– vicio voluntario a vueil:ra Ñlageil:ad , de refervar· al– gunas Perfonas > que no paguen quarteles., ni alcabalas ;y hacen al– gunos Vinculas por juHos rdpe6tos que para ello fe ofrecen , y no fe les guarda, en quiebra de [u antigua coíl:umbre. Suplican a vudha Ma– gdl:ad lo mande remediar. Con acuerdo de -nuejirn Vij]oJR.!Y., Y ~gente )y los del nuí!flrn Confejo, orde– nJnios _;y mand.imos' que en fo fujodi– cho Je guarde la coflumbre antigua ; /in perj1úcio nuefiro , y fin daño_ de los drl J~ho nuejlro ~ino ,Y con t~nto que nos dJn niemorial Je las perfonas que rejetva– ta11 1 y de los l7inculos que hicieren. Crm– de d1 Alcaudete. f**** >i< ****·* L E Y - r XOCXIX. Q__UE L-(1 ACEPTACION (J)E EL otorgamiento fe haga. con las candi- • ciones:, y V inculos de el. V Uefira Magelb<l ., y fus P"' l ·rr r ap ona V1110-Reyes en rn nom- Ano iie bre fu den aceptar ) y 1 5 _4_ 2 • r. l .r . Pettcton aceptan uempre ·e 1erv1:.. 62 Orde cio que lrn, tres E.fiados dcíl:e Reino nanz.u hacen ren Corres Generales con los 'í.)frjas. vinculos , y condiciones, que otor- gan, y afsieñtan en los otorgamien- · ros: y foele jurar., y jura VUeHra Ma- gefl:ad por fus Viífo-Reyes en fu nom bre, de guardar, y t:umplir los vin- culas , y condiciones de los otorga– mientos. Y aquello que aCsientan en los vinculas de los otorgamientos, es havido por Ley ) y contrató entre vudha Magdlad , y los tres Eíl:ados deil:e Reino; y fe les ha pudro impe– dimento en ello , y no fe les guarda... Suplican a vueíl:ra Mageib.d mande remediar } y aífentar por Ley , que los vinc;ulos de los otorgamientos fe guarden, y cumplan, como Ley, fe- gun ; y como, y--0e la manera que fe · ' ' 1 _otorgaren , y otorgaron por os crns Eíl:ados deil:e Reino. Viftp , y platicado con nueflro Vijfo- ~y }y 1 los del muftro Confejo, pof Ley~ DecrelrJ. y reparo de agra'lJio; ha1Jemos acordado de aceptar, como por las prefentes acep- tamos el otorgamiento que los tresEfiados ,tos hacen,2 hicieren a/delante c,m los vin.,. culos acoflumbrados. LEY

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