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26 r enunciado, el fü cribano entregará todas las diligenciasori. ginoles al acreedor p¡¡ra que este las reporte al Juzgado, pida la citacion tle remate paso Jo el término de ello~, ( si~ se hubiere opuesto a11tesel deudor y prese11tádmeen juio. á propol!er ~us e'cepcioncs y co11lrariar y hacer ineficaz¡ ejecucion J y en ambos cn·os cesa por entonces hasta que 1 Juez maude citar al ejecutado y seutcocie la causa de rema~ De la citacion de 1·emate. Pasado el término de los pregones, el acreedor solicita di J uez se cite al deudor de remole, lo que cqui\íile á ano: ciarlc que si no pnga ó 110opo11ee~cepcion legítima á laeg: cucion, se \ á á pro1:edl!r á la vent¡¡ de los bienes que se 1 embargaro11siendo muebles, o 6 de~poseerlo de ellos por aüo ó cuat ro aÍlos del retracto gracio~o siendo raíces. De11tro de tres dias co11laclos desde el siguiente en que1 le citó é hit0 saber la pro\ itlcucia tlel Jue·l puede oponer, egecutado sus esrepcio11es: y pro1/l11dolas d11rn11le los diez di¡ fatales que la concede In ley, cluclir la \in egeculÍ\'a é ic pedir la se11le11cia <le remate, que es equi\•alenle á lo q, se praclica!Ja en ~a\'ar ra segun uue~trn~ leies forolcs, cuaul los deudores petlion ai.liomieuto ó pngas y proponion sus e: cepcione:;para contrariar y dejar sin efecto la ejerndon. La cilacion de remate debe hacerla el fücribano 6 p01 tero apercibiendo al deudor <cquc si dentro de t res días . guientcs al de la cilacio11 oo comparecieseen el ju icio á m~ tr or paga, quita ú otra razon lcgílima que impida el rt mote, se procederá ol tle los bienes egecutados ~in mas e t acion, y pílra ello scnler,ciar la causa do remate por el ir. porte de la deuda y costas causadas y que se causen hm. el efectivo pago.» 'No dejó11tlo,e ver el egecutado, se debe practicar en ! bugca para citarle la misrna diligencia que para la noli( cacion de e~tado, hacicntlomencion el Escribano ó portero e que no ha sitio habitlo; y con esto el acreedor pide al Jut que ~e le haga la citocion por Cédula, en la que se ha1 la relacion coinpete11le y espresion de los efectos que prodi ce; sin que sea necesario bu~car al deudor por el pueblo 1 pro\·incin como arriba queda dicho. ll abiéodoso trabado la egecucion en réditos censales, 6 ¡

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