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25 Los dias en que rn den los pregones deben ser úti les y no festh·os ni feriados, y dá11do:;e11ellog, son nulos por es– tar prohivido en tales dias lodo acto de juicio cil il sin cau– sa ur,,.eule, y pre,·io siempre nrnrHlnto judicial: lo mismo de– be de~irse de aquellos en que se fijen los carteles ó edictos para la venta ó ar rieudo de los bie11e~, y de ello se debe po· oer fé espre~ira é indil idual de las diligencias. Cuando se hag:i la tr aba en bienes muebles y mices jun– tamente ( lo que puede rn~eder nlguna rcz ~i los primeros 110 so11 suficic11le~ parn cubrir la deud:i) ~e ht11 de dar los prego· ncs eu el tt'•rniino prefi11 ido para lo~ ~cg II nd1 s, ~in ser nece– sario darlos tuml.Jien en el que corre para los mueble~,por que en el término mayor quc<lacomprendido el me11or, ó eu lo mas se comprende lo meuos. No hny para qu e dur pregu11e5cuando !a cjecucion se tra– bó eu di11cro que el deudor lenin en rn poder ó c,tabn de– positadoe11u11tercero, y ~olo~edepo~it:ir.i ronio los demás bie– nes, notificánJolc en seguida el estado de la cgcn1cio11( sin pre– guntarle si los dá ó 116 por re11u;u;iuclo~) á li111Je q uc pue– da oponerse á ella, y esccpcionar y proliilr lo que le conl'en– gu, siguié11do~e la \ia egecutirn en igual forma, á csccpcion .<le la subasta y prcgo!le$. Lo misn10 dcLc pra('licime cuand1) !a oblign<:ic,11 ucl egc– cutado es ne pagar eo e~pecie dctumi11nrln romo tri go, ucei– tc &c. y In egccuc;ion ~e l raba eu elln , pues se ha de h:i;:er el rngo en In propia c~pecie: y por lo mi~mo r.1 la ~en– tcni::in de rcmale no se 111i111uu, c¡uc ~e lw 0 ¡¡ tra11ce y rema– te tle los lii:!llf'Scgccutndos, sino que se pro~ign In <'gecu– cion y ~e h,1ga pago al acreedor con lo~ lJicnc~ejc•cutados. C11ancl0 :io hny pregu11eroen el pueblo, romo rnccdc en muclrn~, ba~tn lijar e11los re~pccti,os clias útiles .irriba men– ciuoadot, carteles ó edictos en los par,1gcs ¡iúl.Jlicostlel lugor del juicio ó del en que estan silos los 1.Jic11cs jcrntatlos, po– niendo el Escribano 6 portero en los autos l'c! ó rliligcncin de haber~c fijado con in~crcion li!ernl del c:irtcl y cs1 1 <'cil:– cucion de los sitios en que se fijaron, y cclchrándorn públi– camente á ~u tiempo co11ln solcmnit.laJ legal y ~i11 fniu:lc·, la "enla y remnle Dntcel Ju ez que libró lu e1ecucio11 ú otro de'.egadopor c. te. Dados los tres pregones, ó seo que el deudor los hoya /1

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