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tíem¡:,oíndícado, sí no que si el Excmo, Ayuntamiento no resoh·iera en el mismo, deberá el interesado requerír la autorización nuevamente por escri– to y de no obtener solución usará de los procedimientos legales que le competan. Ar!. 4. 0 Los casos no pre\'istos en estas Ordenanzas, así como las du – das que pudíeran surg-ír, serán resueltas por la Corporación municipal. Ar!. 5.n Toda variación que afecteesencialmente al proyecto aprobado deberá someterse a los trámites anteriormente indicados. Ar!. 6.o El permiso concedido para la ejecución de una obra caducar,i a los tres meses desde el día en que se concedió la licencia para edificar, si 110 se diera comienzo a la obra y 110se contiuuara sin interrupción salrn el caso de fuerza mayor o de la concurrencia de circu11s1anciasespeciaies que apreciara el Excmo. /\yuntamlento. En caso de suspensión eleuna ob ra, su Diredo r estani obligado a poner c11 conocimiento del /\yuntamiento esa determinación. Ar!. 7.o Siempre que el Director de una obra cesase en el cargo, lo pondrá en conocimiento del seiior J\lcalde, quednndo aqu~lla suspendida hasta que el propietario avise al Ayuntamiento el nombre del nuevo facul– tallvo, y éste, por su riarte, oficie a la Corporación la aceptación. Ar!. S.o No ~e podr;í dar comienzo a ninguna construcción sin que el facultativo municipal determine sus alineaciones y rasantes; a este efecto, invitnrá al Director de la oura, seiialando clia y hora para realizar csfos tra– bajos, lcvnntando plano firmado por a111bos facultativos y sellado con el del Ayu11ta111íc11t o, co11indicaciones por puntos fijosde referencia de las alinea– ciones y rnsanles. De cs1i.: plano se sacarán dos copias. una se resen·ará el facultati\'On1u11ic pal, y la otra sení entregada al Director de la obra, qu ien se someterá extriclalllenle a los elatos fijados. Art. 9. 0 Para la habilitación de edificio:;de ntH.:vaplanta o de aquellos en que se hayan hecho obras de importancia qne hubieren precisado la au– torización del Excmo. /\yuntamicnio, ser;\ condición imprescindible el in– forme favorable del Arquite::to municipal, haciendo constar haber sido cumplidas !odas las prescripciones de estas ordenanzas y especialmente, aquellas que tienen relación con la higiene y salubridad. CAPITULO 11 CLASIFICAC IÓN DE CALLES, ALTURA DE LOS ED IFIC IOS Y VUELOS QUE HAN DE TENER LOS DIVERSOS ELEMENTOS DE LA CONSTRUCCIÓN Ar!. 1O. Las calles del Ens,111che se clasifican para cslos efectos en dos órdenes. Son c¡¡llcs ele primer orden las que lcngan una anchura mínima de 20 metros. Oc segundo orden !as de11Jás. -·-
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